Cómo saber si corresponde el Bono por Hijo y los requisitos para solicitarlo
El beneficio está destinado a entregar una suma de dinero a mujeres de 65 años o más para mejorar sus ingresos.
Las mujeres de la tercera edad pueden solicitar y recibir el Bono por Hijo, uno de los programas diseñados para complementar el dinero que recibe la beneficiaria.
Se trata de una ayuda estatal que entrega un monto por cada hija o hijo nacido vivo o adoptado, aunque cabe aclarar que dicho dinero no se entrega al momento del nacimiento, sino que se destina a la pensión mensual que recibe la madre desde los 65 años.
Cuál es el monto del Bono por Hijo
Se determina que el Bono por Hijo entrega un monto correspondiente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, donde el valor depende del momento de nacimiento del causante:
- Si el hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en ese momento, de $165.000.
- Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes de su nacimiento.
A partir del 1 de julio de 2024, ante el aumento del salario básico a $500.000, el monto aproximado será de $900.000, según detalla el Instituto de Previsión Social (IPS).
Varios factores influyen en la cifra final, la que es variable según la cantidad de hijos, sus respectivas fechas de nacimiento, la rentabilidad del fondo “C” de pensiones entre el mes de nacimiento y el mes en que la madre cumple 65, entre otros.
Además, en la situación de hijos adoptados, esta iniciativa corresponde tanto a la madre biológica como a la madre adoptiva.
Cuáles son los requisitos
Pueden recibir el Bono por Hijo las personas que se encuentren en las siguientes condiciones.
- Madres afiliadas a una AFP, que obtuvieron u obtengan su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU) -que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)-, a contar del 1 de julio de 2009, que no hayan tenido ni tengan derecho a pensión en ningún régimen previsional.
- Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, reciben desde julio del 2009 una Pensión de Sobrevivencia (Pensión de Viudez o de Orfandad) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS). En estos casos, las mujeres, además, deben ser beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal.
Además, se debe cumplir con los siguientes requisitos para realizar la solicitud:
- Tener 65 años de edad o más.
- Acreditar 20 años de residencia en Chile, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años, y haber vivido en el país, al menos, durante 4 de los últimos 5 años previos a la solicitud del beneficio.
- No recibir pensiones -en calidad de titular- de Capredena, Dipreca, ni de las ex Cajas de Previsión (hoy agrupadas en el IPS).
Cómo solicitar el Bono por Hijo
Se puede solicitar el bono a través de la página de consulta de ChileAtiende, donde al ingresar el RUN y la fecha de nacimiento permite verificar si se cumple con los requisitos. Si las condiciones son favorables, en el mismo sitio se puede seguir con el trámite.
Para quienes necesiten la ayuda de un ejecutivo, se encuentra la opción de realizar la solicitud mediante videollamada, plataforma que atiende de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas, y en la que se requiere contar con la cédula de identidad a mano.
Dicho beneficio también se puede solicitar directamente en la AFP o la compañía de seguros donde la madre esté incorporada o pensionada, según corresponda.
Si se requiere mayor información, se encuentra disponible el call center 600 440 0040 y las sucursales de ChileAtiende.
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