La Nacionalización, es un proceso en el cuál una persona adquiere una ciudadanía a la que no tiene derecho por nacimiento y para ello necesita cumplir requisitos para poder realizar el trámite adecuadamente.
En el caso de Chile, la vía principal para extranjeros es a través, de una Carta de Nacionalización. Asimismo, es importante que quienes aspiren a obtener el documento, se informen de los requerimientos y recopilen los antecedentes necesarios.
Cómo adquirir la nacionalidad chilena
El artículo 10 de la Constitución constata quiénes son chilenos, asimismo, aquellos que coinciden con las características, pueden conseguir la nacionalidad por las siguientes vías:
- Por territorialidad: las personas que nacen en Chile, independiente de la nacionalidad de los padres, serán chilenas.
- Por consanguinidad: aquellas personas que tienen madre o padre chileno, pero que nacen en territorio extranjero.
- Por Carta de Nacionalización: todos los extranjeros mayores de 18 años que viven en Chile hace más de 5 años y que cumplan el procedimiento administrativo.
- Nacionalización por gracia: se realiza por medio de una ley, a ciertas personas extranjeras que han realizado servicios para república importantes.
¿Qué es la Carta de Nacionalización?
Una Carta de Nacionalización es la única forma por la cual un extranjero puede obtener la nacionalidad chilena sin haber prestado servicios importantes para el país.
Asimismo, se trata de un proceso administrativo donde se deben cumplir los requisitos señalados en el Decreto Supremo de 1960.
El abogado, Julián Guzmán, miembro de la organización Mesa Nacional Migrantes y Refugiados, afirma que “la base legal para adquirir la Nacionalidad, se encuentra en el Art. 10, N° 3 de la Constitución de Chile, la Ley 21.325 y el Decreto N° 5.142 de 1960″. De manera general el principal requisito es:
- Tener más de cinco años de residencia en el territorio nacional. El plazo se cuenta desde la obtención de la permanencia definitiva.
- Ser titulares de la residencia definitiva.
Otros requisitos son:
- Ser extranjero mayor de 18 años, o 14 si cuenta con la autorización de los padres o quienes estén a cargo de su cuidado personal, con el respectivo documento que lo acredite.
- Ser titular de permiso vigente de permanencia definitiva.
El plazo anterior, varía en virtud de la Nacionalización calificada, establecida en el Art. 85 de la Ley 21.325, el cual indica que:
- Aquellos residentes definitivos que acrediten 2 años de residencia continua en el territorio nacional,
- Quienes tengan la calidad de cónyuge chileno, al menos durante dos años y cuyo matrimonio se encuentre inscrito en Chile, pueden solicitar la nacionalización.
- Parientes de chilenos por vínculo de sangre hasta el segundo grado inclusive y adoptados, podrán solicitar la nacionalización.
- Ser hijo o hija de padre o madre, el/la cual habiendo sido chileno/a, haya perdido la nacionalidad chilena antes del nacimiento del solicitante, podrá solicitar la nacionalización.
¿Cuáles documentos se necesitan para obtener la Nacionalidad?
El abogado Julián Guzmán afirma que, para realizar el trámite, es necesario contar con los siguientes documentos generales para iniciar el proceso:
- Pasaporte escaneado.
- Certificado de Antecedentes legalizado y apostillado, según corresponda, solo adulto.
- Certificado de Viaje, emitido en PDI, solo para aquellos que ingresaron a Chile, siendo menores de edad y no puedan obtener el certificado de antecedentes.
- Vínculo, si tiene con un chileno (padre, madre o hijo).
- Menores: requieren de una Declaración Jurada, autorizando la solicitud de la Carta de Nacionalización; si un padre está ausente, autorización, debe estar legalizada o apostillada; si el padre falleció, se necesita un Certificado de Defunción.
- Actividad laboral que desarrolla, esta última fundamental.
Asimismo ChileAtiende, detalla los documentos que se necesitan en las diferentes instancias a solicitar, en caso que se tenga:
- Actividad y nivel educacional: requiere de un título profesional, obligatorio para profesionales de la salud e ingenieros.
- Vínculo que posee: si es cónyuge certificado de matrimonio y certificado de nacimiento del cónyuge
- Si es hijo de chileno nacionalizado: requiere de un Certificado de nacimiento.
- Si es padre o madre: Certificado de nacimiento de el o los hijos chilenos.
- Certificado de Acuerdo de Unión Civil y de nacimiento del conviviente civil, en caso que corresponda.
En caso que el solicitante tenga entre 15 y 17 años necesita:
- Acreditación de vínculo con el menor.
- Declaración Jurada de quién representa, autorizando la solicitud de nacionalización
- Si ambos padres están en Chile, necesita una Declaración Jurada autorizando la solicitud de Carta de Nacionalización de ambos padres o de quien tenga el cuidado personal del menor de edad.
- Si alguno de los padres está en el extranjero, la autorización notarial del progenitor que está en Chile y autorización notariada apostillada o legalizada.
- Si alguno de los padres falleció: certificado de defunción del padre o madre fallecido.
Si el solicitante es mayor de edad y vive a expensas de un tercero, debe acreditar el vínculo del sostenedor:
- Si es casado: con un certificado de matrimonio o de unión civil.
- Si es soltero: con un certificado de nacimiento de hijo en común.
- Certificado de matrimonio de su padre o madre, si el sostenedor es su padrastro o madrastra según corresponda.
- Certificado de nacimiento de un hermano(a), hijo de la misma madre o padre.
Además, si es sostenido por su cónyuge, padre, hijo u otro, deberá contar con:
- Declaración Jurada notarial de expensas firmada ante notario redactada por parte del sostenedor. Si es expedido en el extranjero, deberá estar apostillado o legalizado según se indica en este informativo. Además de adjuntar los comprobantes de ingresos del sostenedor de acuerdo a la actividad que realiza (ver documentación de tipos de ingresos económicos).
- Certificado de carga familiar del sistema de salud al que está adscrito.
- Cartola Hogar del Registro Social de Hogares (hermanos, padres, entre otros).
Cabe mencionar que, toda solicitud de nacionalidad debe acreditar ingresos económicos del solicitante según tipo de ingresos económicos. Si es sostenido por un tercero, deberá adjuntar documentación de su sostenedor.
- Para empleados: contrato de trabajo y sus respectivos certificados.
- Para jubilados: requieren de Certificado de pensiones.
- Estudiantes: necesitan Certificado de alumno regular.
¿Dónde se realiza el trámite?
El abogado Julián Guzmán, miembro de la organización Mesa Nacional Migrante, afirma que este trámite se realiza a través del portal del Servicio Nacional de Migraciones:
En ese sentido el proceso es el siguiente:
- Hacer la solicitud.
- Realizar con la PDI una entrevista (pasan entre cuatro a seis meses de haber hecho la solicitud).
- Se envía un informe, si está todo bien, se aprueba por el Servicio Nacional de Migraciones.
- Se envía al Ministerio del Interior, para el pronunciamiento a través de Decreto.
El trámite tiene una duración de entre tres a cuatro años en total.