¿Cuáles trabajadores recibirán el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024?
A algunas semanas de la esperada celebración de septiembre, ya hay informaciones sobre el dinero extra que puede llegar a determinadas familias.
Queda cada vez menos para la celebración de Fiestas Patrias y uno de los beneficios que corresponde a septiembre es el pago del respectivo aguinaldo, que llega a determinados trabajadores.
Cabe recordar que el festejo de este 2024 vendrá en formato XXL, gracias a los días feriados del miércoles 18 y jueves 19 de septiembre, y el añadido por ley de la jornada del viernes 20, junto al fin de semana, alcanzando al domingo 22.
Es por eso que una ayuda económica siempre será bienvenida y tal es el caso de este pago anual que permite financiar los gastos propios de este momento del año. Revisa a continuación qué se sabe hasta el momento.
¿Cuáles trabajadores reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias?
Pueden recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias los trabajadores públicos que se encuentren desempeñando su cargo de planta o a contrata, al 31 de agosto.
El detalle se indica en la Ley 21.647 que reajusta las remuneraciones del sector público y detalla los bonos que pueden recibir.
¿Cuál es el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias 2024?
El aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 tiene estipulados los siguientes montos:
- $85.093 para trabajadores cuya remuneración líquida de agosto de 2024 sea igual o inferior a $984.282.
- $59.071 para trabajadores cuya remuneración líquida de agosto de 2024 supere los $984.282.
“Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondientes a dicho mes, excluidas las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional; con la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio”, detalla la ley.
Además, se aclara que este aporte no corresponde a un monto imponible ni tributable, por lo tanto, no estará afecto a descuento alguno.
En paralelo, en el sector privado no se obliga a entregar un aguinaldo a los empleados, aunque este se puede facilitar si está consignado en el contrato o existe un convenio colectivo donde se incorpora como cláusula. En dicho caso, el monto será determinado por cada empleador.
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