¿Cuáles vehículos deben tener el grabado de patentes obligatorio en septiembre?

Ministro de transportes da detalles del proceso del nuevo reglamento de grabado de patentes
¿Cuáles vehículos deben tener el grabado de patente obligatorio en septiembre? Foto referencial Karin Pozo/Aton Chile.

Próximamente se acaba el plazo para determinados autos, los que deberán contar con las letras y dígitos en los vidrios y espejos.


Esta semana se comenzará a exigir el grabado de patentes en los vidrios y espejos en los vehículos, medida que aplicará en primer lugar a un grupo determinado de autos.

Cabe recordar que esta medida se enmarca a través de la Ley 21.601, que modifica la Ley de Tránsito para implementar medidas que combatan la comercialización de automóviles robados en nuestro país.

A partir del anuncio de la norma se plantearon los plazos en los que se debe cumplir con la condición, diferenciando a los medios de transporte nuevos o usados.

Cuándo se acaba el plazo para el grabado de patentes

El plazo para tener el grabado de patentes en los vidrios y espejos de los autos es desde el 14 de septiembre, aunque aplica solo a vehículos nuevos, vendidos a partir del 15 de agosto de este año.

Se aclara que no se considerarán como nuevos aquellos autos comercializados entre el 11 de septiembre de 2023 y mediados de agosto de 2024.

En tanto, para los vehículos usados, vendidos antes de noviembre de 2023, se exigirá cumplir con la medida desde el 14 de mayo de 2025.

La diferencia de fechas se produce considerando los tiempos determinados por la norma, contados desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial durante mayo.

En dicho momento, se indicó que se entregaban 4 meses de tiempo para los vehículos comercializados, mientras que los dueños particulares aún están dentro del periodo de 12 meses antes de exigir el grabado.

¿Cómo debe ser el grabado de patente?

La normativa indica que el grabado de patentes debe realizarse cumpliendo con lo siguiente, según resume el anuncio de gobierno:

  • El grabado de, al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales. Ello, en caso que el vehículo tuviese más, donde sólo se exigirá el mínimo (ejemplo, furgones o buses). Ahora, si se trata de aquellos que cuenten con menos vidrios o espejos (por ejemplo, motos), la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.
  • Debe ser un grabado permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
  • Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.
  • En cuanto al tamaño del grabado, la normativa exigirá para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura. Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.

En la situación de aquellos conductores que ya grabaron sus vehículos, incluso en vidrios distintos a los establecidos en la norma o con letras diferentes a las señaladas, pueden mantener el trabajo realizado.

Desde el Ministerio de Transportes se confirmó que no se necesitará grabar nuevamente, si se cumple con haber realizado con el proceso de forma permanente, que sea legible y que esté presente en 6 vidrios, además de los espejos laterales.

Grabado de patente
Grabado de patente. Foto: Ministerio de Transportes.

¿Cuál es la multa por no tener el grabado?

La norma indica que existe una multa a la que se arriesga el dueño de un vehículo que no cuente con el grabado de patentes obligatorio.

La sanción va de 1 a 1,5 UTM, que de acuerdo al valor de septiembre informado por el Servicio de Impuestos Internos, se traduce en montos de entre $66 mil y $99 mil.

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