Cuándo se paga el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 para pensionados

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Cuándo se paga el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 para pensionados. Foto referencial: Getty Images.

Se acerca el 18 de septiembre y la cifra se presentará como una ayuda económica para la extensa celebración.


Se acercan cada vez más las Fiestas Patrias 2024, donde los pensionados son uno de los grupos objetivos que pueden recibir su aguinaldo.

Un dinero que se presenta como una ayuda directa al bolsillo familiar, ante los gastos propios del mes patrio relacionados a la celebración, que para este año cuenta con un extendido de, al menos, cinco días.

Cuándo se paga el aguinaldo para pensionados

Según se confirma desde el gobierno, el pago del aguinaldo dieciochero para los pensionados se entregará junto a la pensión de septiembre que recibe cada persona.

El monto del beneficio determinado para este año es de $24.261.

A lo anterior se suma una cifra extra de $12.446 por cada carga familiar, la que debe estar acreditada al 31 de agosto de 2024, lo que será válido aunque no se tenga derecho a recibir Asignación Familiar, por contar con un ingreso mensual superior a $1.228.614.

Cabe recordar que este dinero no se considera para el pago de impuestos ni las cotizaciones previsionales y/o de salud, por lo que no es tributable ni es imponible.

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Cuándo se paga el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 para pensionados. Foto referencial.

Cuáles pensionados reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias

Podrán recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias los pensionados que se encuentren en las siguientes situaciones, según detalla el Instituto de Previsión Social.

  • Pensionados IPS que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)
  • Pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores (Ley Nº 16.744).
  • Pensionados de las leyes de Exonerados Políticos (Ley Nº 19.234).
  • Pensionados de reparación por Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Ley Valech).
  • Pensionado de AFP o compañías de seguro que reciben el beneficio de la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.

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