Este sábado 26 y domingo 27 de octubre tienen lugar las elecciones regionales y municipales, en una jornada en la que se dispone de un periodo de tiempo de permiso para que los trabajadores acudan a su local de votación.
Lo anterior se establece en relación a que la jornada cuenta con voto obligatorio, de acuerdo a la Ley 21.524.
Sin embargo, al ser un proceso que se extiende por dos días, desde el Servicio Electoral (Servel) se confirmó que cada persona puede acudir a sufragar en cualquiera de las fechas, según su preferencia.
¿Cuánto tiempo de permiso tienen los trabajadores para votar?
Los trabajadores disponen de un permiso de tres horas para ir a votar en las elecciones.
Así lo indica la Dirección del Trabajo, que señala lo siguiente: “Aquellos trabajadores que les corresponda prestar servicios los días que se celebre una elección o plebiscito, tienen derecho a ausentarse de sus labores durante un lapso de tres horas para sufragar, sin que ello implique un menoscabo en sus remuneraciones”.
Revisa dónde votar
Los datos electorales se encuentran disponibles en la plataforma consulta.servel.cl, ingresando el RUN.
En la página se mostrará el local y meta de votación asignado, así como si la persona resultó convocada como vocal de mesa para este proceso.
¿Es feriado por las elecciones?
Respecto a las jornadas de votaciones, solo el día domingo, 27 de octubre, es categorizado como feriado.
Dicho festivo corresponde a una jornada irrenunciable de segunda categoría, donde no todos los comercios pueden atender al público.
Podrán abrir los supermercados, grandes tiendas y locales que funcionan fuera de malls, strip center y centros comerciales, además de establecimientos que sean atendidos por su propio dueño.
¿Cuál es la multa por no ir a votar?
Ausentarse del deber cívico expondrá a la persona a recibir una sanción de 0,5 UTM, que será emitida por el Juzgado de Policía Local, lo que se traduce en aproximadamente $33.000 de multa a beneficio municipal.