El Presidente de la República, Gabriel Boric, junto a la ministra del Interior Carolina Tohá y otros jefes de gabinete, promulgaron una serie de leyes de seguridad con el objetivo de enfrentar la delincuencia que se vive actualmente en el país.
Las iniciativas se establecen con el fin de entregar mayor protección a las policías para el ejercicio de sus labores. De igual forma, permitirán atacar de mejor manera la lucha contra el crimen organizado, el narcotráfico y la delincuencia, según la información del Gobierno.
Estos proyectos de ley se suman a otra serie de acciones y que están en discusión o han sido despachados por el Congreso Nacional.
¿Cuáles son las leyes de seguridad promulgadas?
El Presidente de la República Gabriel Boric, junto a la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, la ministra de Defensa, Maya Fernández y el ministro de Justicia y DD.HH, Luis Cordero, participaron de la promulgación de una serie de leyes que “permitirán atacar de mejor manera la lucha contra el crimen organizado, el narcotráfico y la delincuencia”.
Las normas son:
- Ley 21.560:
Fortalece y protege el ejercicio de la función policial y gendarmería de Chile, conocida como Naín- Retamal. Una norma que da mayor protección y garantías para que las policías, gendarmería y las Fuerzas Armadas, puedan cumplir su labor de orden público.
Regula la legítima defensa en el Código Penal, acotando la presunción en casos que esté en juego la vida o la integridad de los funcionarios policiales o de terceros.
Asimismo, la aplicación de presunción se dará en caso que haya condiciones de amenazas y riesgos a la integridad físicas de funcionarios y terceros.
- Ley 21.550:
Modifica el Código Penal para agravar la sentencia del delito de secuestro.
Aumenta la sanción del delito cuando la privación de libertad durare más de 48 horas, imponiéndose en tal caso la misma pena que al secuestro que se comete para obtener un rescate, imponer exigencias o arrancar decisiones.
Con esta modificación, cuando la detención o encierro excediere del límite temporal señalado, la pena será de presidio mayor en su grado mínimo a medio (5 años y un día a 15 años).
- Ley 21.556:
Aumenta la pena del delito por porte de armas en lugares altamente concurridos, sus partes, dispositivos y piezas sin la correspondiente autorización, subirá de presidio menor en su grado máximo, es decir, tres años y un día a cinco años, a una pena mínima de cuatro años y un día.
De igual manera, la pena por el porte en un lugar altamente concurrido de un arma de fuego adulterada, que tenía asociada una pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, es decir, de tres años y un día a diez años, sube a presidio mayor en su grado máximo, esto es, de cinco años y un día a diez años.
- Ley 21.555:
Refuerza las competencias de Gendarmería y crea el delito de extorsión.
El texto permite el acceso de Gendarmería al Banco Unificado de Datos para la correcta segmentación de los procesados, incorpora a su director a la Comisión de Coordinación de Sistema de Justicia Penal y permite a los funcionarios tener mayores atribuciones para realizar investigaciones al interior de las cárceles. Adicionalmente, se regula en forma amplia, lo relativo al delito de extorsión y se crea un agravante.
El presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Felipe Kast explicó que esta norma “busca permitir que Gendarmería tenga capacidad investigativa porque se cree que el delito termina cuando el delincuente entra a la cárcel, y la verdad es que se fortalece dentro de ella”.