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Desde cuándo se comienza a exigir el grabado de patentes en vehículos

Próximamente la nueva ley contará con la medida como obligatoria para vidrios y espejos de vehículos usados.

Desde cuándo se comienza a exigir el grabado de patentes en vehículos. Foto referencial KARIN POZO/ATONCHILE

En las próximas semanas se comenzará a exigir el grabado de patentes en vidrios y espejos para los vehículos en el país.

La medida es parte de la nueva Ley 21.601, como parte de las modificaciones a la Ley de Tránsito dirigidas a combatir el robo de piezas de autos.

Desde cuándo se exige el grabado de patentes

El grabado de patentes en vidrios y espejos se comienza a exigir en vehículos usados a partir del 15 de mayo de 2025.

Cabe recordar que para vehículos nuevos la norma ya se encuentra vigente desde septiembre del año pasado, por lo que las concesionarias deben entregar los productos con el grabado realizado.

¿Cómo debe ser el grabado?

La normativa indica que el grabado de patentes debe realizarse cumpliendo con lo siguiente, según resume el anuncio de gobierno:

  • El grabado de, al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales. Ello, en caso que el vehículo tuviese más, donde sólo se exigirá el mínimo (ejemplo, furgones o buses). Si se trata de aquellos que cuenten con menos vidrios o espejos, la patente deberá estar grabada en todos ellos.
  • Debe ser un grabado permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada.
  • Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.
  • En cuanto al tamaño del grabado, la normativa exige entre 7 y 10 milímetros de altura para las letras y dígitos de los vidrios, junto a una medida de entre 5 y 10 milímetros para espejos.
Foto: Gobierno de Chile.

¿Cuál es la multa por no tener el grabado?

La norma indica que existe una multa a la que se arriesga el dueño de un vehículo que no cuente con el grabado de patentes obligatorio.

La sanción va de 1 a 1,5 UTM que, de acuerdo al valor informado por el Servicio de Impuestos Internos, se traduce en montos de entre $68 mil y $102 mil aproximadamente.

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