Elecciones en Chile: cómo funcionará el comercio el 26 y 27 de octubre
Se determinó una jornada como día feriado, aunque determinados establecimientos pueden atender al público. Revisa a continuación el detalle.
Este sábado 26 y domingo 27 tendrá lugar el proceso de elecciones en Chile, para el que se establecen cambios en el funcionamiento del comercio durante el fin de semana.
Las votaciones se realizarán a lo largo de ambos días, por lo que el Servicio Electoral (Servel) confirmó que cada persona pueden acudir a sufragar en la jornada de su preferencia.
¿Es feriado por las elecciones?
Para este proceso de elecciones, el sábado 26 no presenta modificaciones y solo el domingo 27 de octubre es categorizado como feriado legal de carácter obligatorio e irrenunciable.
Según explica el Ministerio del Trabajo, el festivo aplica a malls, strip centers y centros comerciales que se encuentren regidos por una misma razón social o personalidad jurídica.
Por lo anterior, solo puede atender el comercio que se encuentre fuera de malls o strip centers.
¿Hay Ley Seca por las elecciones de octubre?
Para las elecciones de octubre no hay Ley Seca, por lo que no se presentan restricciones para la venta de alcohol en el comercio.
Así lo ratificó el Servel, indicando que “se elimina la ley seca para los días de elección”. La medida se considera través de la Ley 21.693, que modifica las condiciones en que se desarrollan los comicios.
¿Es obligatorio votar?
Las elecciones regionales y municipales cuentan con voto obligatorio.
Por lo anterior, ausentarse del deber cívico sin una justificación expone a la persona a recibir una multa de 0,5 UTM. La sanción se traduce en aproximadamente $33.000.
Según indica el Servel, las situaciones válidas que permiten no votar en las elecciones son las siguientes:
- Encontrarse enfermo.
- Estar fuera del país o a más de 200 kilómetros del local de votación.
- Algún otro impedimento grave, acreditado ante el juez de policía local.
¿Cuánto tiempo de permiso tienen los trabajadores para votar?
Los trabajadores disponen de un permiso de tres horas para ir a votar en las elecciones.
Así lo indica la Dirección del Trabajo, que señala lo siguiente: “Aquellos trabajadores que les corresponda prestar servicios los días que se celebre una elección o plebiscito, tienen derecho a ausentarse de sus labores durante un lapso de tres horas para sufragar, sin que ello implique un menoscabo en sus remuneraciones”.
Dónde tengo que votar
Se dispone de la información electoral para los votantes en la plataforma consulta.servel.cl, en la que es posible revisar los datos ingresando el RUN.
Dentro de la página se puede verificar si la persona está habilitada para sufragar, su local de votación al que acudir y si fue convocado como vocal de mesa.
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