Este fin de semana tiene lugar el proceso de elecciones regionales y municipales, los días sábado 26 y domingo 27 de octubre.

Se trata de una jornada con voto obligatorio, en la que se puede acudir a sufragar cualquiera de los dos días, según indicó el Servicio Electoral (Servel).

Para conocer dónde se debe votar, se dispone de la plataforma consulta.servel.cl, donde ingresando el RUN indica si la persona está habilitada para sufragar, su local y mesa de votación, así como también si resultó llamada a cumplir como vocal de mesa.

Durante el proceso se recibirán cuatro papeletas para los cargos a elegir, donde se deberá marcar una preferencia por cada una, diferenciadas de la siguiente manera:

  • Naranja para Gobernadores Regionales
  • Verde para Consejeros Regionales
  • Celeste para Alcaldes
  • Blanca para Concejales

¿Hasta qué hora se puede ir a votar?

Las mesas de votación abren a las 8:00 horas.

De la misma manera, se mantendrán abiertas hasta las 18:00 horas, siempre y cuando no se encuentren electores esperando para sufragar.

¿Puedo quedar de vocal de mesa si no está constituida?

Si no concurren al menos tres vocales, el mínimo requerido para la función, los integrantes presentes deben solicitar al delegado que designe a vocales reemplazantes.

Se pueden elegir a personas de entre los electores que sepan leer y escribir, sin discapacidad, que sufraguen en el local y no estén afectos a alguna causal de excusabilidad. Además, se debe preferir a quienes se ofrezcan voluntariamente.

Personas con discapacidad, embarazadas y mayores de 70 años pueden excusarse de este deber cívico. Asimismo, pueden ejercer como vocales si así lo desean y acuden voluntariamente, siempre y cuando el lugar corresponda a su local de votación.

¿De cuánto es la multa por no ir a votar?

Si una persona no se presenta a votar en las elecciones se expone a recibir una multa de 0,5 UTM, que será emitida por el Juzgado de Policía Local, lo que se traduce en aproximadamente $33.000 a beneficio municipal.

¿Cuánto tiempo de permiso tienen los trabajadores para votar?

Los trabajadores disponen de un permiso de tres horas para ir a votar en las elecciones.

Así lo indica la Dirección del Trabajo, que señala lo siguiente: “Aquellos trabajadores que les corresponda prestar servicios los días que se celebre una elección o plebiscito, tienen derecho a ausentarse de sus labores durante un lapso de tres horas para sufragar, sin que ello implique un menoscabo en sus remuneraciones”.