Este sábado 26 y domingo 27 de octubre tienen lugar las elecciones regionales y municipales, en una jornada con voto obligatorio.

Durante dicho proceso, la ciudadanía podrá establecer sus preferencias en los cargos de Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales.

Para acudir a votar se requieren revisar los datos electorales, que dispone el Servicio Electoral (Servel) en la siguiente plataforma de consulta, donde se debe ingresar el RUN.

Dicha página muestra la información personal y si la persona está habilitada para sufragar, además de su local de votación asignado y si corresponde que se presente como vocal de mesa.

¿Qué se necesita para votar?

Se debe acudir al local y mesa de votación correspondiente con el carnet de identidad o pasaporte.

Desde el Servel se confirma que estos pueden encontrarse vencidos a partir del 27 de octubre de 2023 y que no se aceptará ningún otro documento.

Además, las opciones se deberán marcar con lápiz de pasta azul, cuyo uso se estableció de forma definitiva a partir de estas elecciones.

¿Cómo usar el voto asistido?

Las personas con discapacidad disponen del voto asistido, que permite acceder a acompañamiento a la hora de sufragar.

En dicha situación, se debe comunicar su uso a la mesa de votación, indicando la modalidad en la que se requiere asistencia, entre tres opciones:

  • Voto asistido por una persona de confianza mayor de 18 años, que podrá ingresar a la cámara secreta.
  • Voto de manera autónoma fuera de la cámara secreta, donde los vocales resguardarán el secreto del voto.
  • Voto de manera autónoma dentro de la cámara secreta, recibiendo colaboración del presidente de mesa para ayudar a doblar y cerrar el voto.

En tanto, personas con discapacidad visual pueden utilizar una plantilla con ranuras correspondiente a la cédula electoral o una plantilla con sistema braille, a solicitar al delegado del local.

Por su parte, personas con discapacidad auditiva pueden acceder a información a través de videollamadas en lengua de señas, a través de códigos QR ubicados en afiches en los locales.

¿Qué se vota?

En estas votaciones se eligen los cargos regionales y municipales, por lo que cada persona deberá marcar una preferencia en cuatro papeletas, diferenciadas de la siguiente manera:

  • Naranja para Gobernadores Regionales
  • Verde para Consejeros Regionales
  • Celeste para Alcaldes
  • Blanca para Concejales

¿Cuál es la multa por no votar?

Ausentarse del deber cívico sin una justificación expone a la persona a recibir una multa de 0,5 UTM. La sanción se traduce en aproximadamente $33.000.

Según indica el Servel, las situaciones válidas que permiten no votar en las elecciones son las siguientes:

  • Encontrarse enfermo
  • Estar fuera del país o a más de 200 kilómetros del local de votación
  • Algún otro impedimento grave, acreditado ante el juez de policía local

¿Cuánto tiempo de permiso tienen los trabajadores para votar?

Los trabajadores disponen de un permiso de tres horas para ir a votar en las elecciones.

Así lo indica la Dirección del Trabajo, que señala lo siguiente: “Aquellos trabajadores que les corresponda prestar servicios los días que se celebre una elección o plebiscito, tienen derecho a ausentarse de sus labores durante un lapso de tres horas para sufragar, sin que ello implique un menoscabo en sus remuneraciones”.