El Seguro de Cesantía está dirigido a personas trabajadoras chilenas o extranjeras que hayan perdido su empleo por causas voluntarias o involuntarias.

Se puede cobrar cuando se estime conveniente, siempre y cuando se cumpla la calidad de cesante y los requisitos que requiere el derecho.

Un beneficio que entrega prestaciones económicas en materia de salud, social y previsional, de acuerdo al fondo que se elija.

¿Qué documentos se necesitan?

Para poder acceder al Seguro de Cesantía, es necesario contar con lo siguiente:

  • Finiquito u otro documento que acredite tu cesantía de tu última relación laboral.
  • Cédula de identidad nacional vigente.

¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía?

El trámite para obtener el Seguro de Cesantía, se puede realizar de manera presencial u online de la siguiente manera:

Trámite por Internet:

  • Ingresar a la sucursal virtual de afiliados de seguro de cesantía.
  • Ingresar con RUT y Clave Única.
  • Seleccionar la opción “cobro del seguro” y luego hacer clic en “solicitar cobro del seguro
  • Recibirá un correo electrónico dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles confirmando la solicitud.

Trámite presencial:

  • Para solicitar el seguro de forma presencial, se debe acudir a una sucursal AFC y presentar los documentos correspondientes.

¿Cuáles son los requisitos?

Los requerimientos para obtener el Seguro de Cesantía son:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Haber contado con contrato indefinido, a plazo fijo, por obra o servicios y que haya estado regulado por el Código del Trabajo.
  • Que el contrato laboral haya comenzado desde el 2 de octubre de 2002 en adelante.
  • Para aquellas personas que contaron con contrato indefinido o trabajador de casa particular: deben tener al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para aquellos con contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado, se necesitan seis cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Aquellos trabajadores de casa particular: a partir del 1 de octubre de 2020, son parte del Seguro de Cesantía. Para ello, la AFC comenzó a crear las cuentas individuales de las y los afiliados, en la que podrán acumular recursos, a partir del pago de cotizaciones por parte del empleador.

En el caso de personas extranjeras, al igual que todos los trabajadores afiliados, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado o afiliada a la AFC Chile.
  • Contar con un contrato de trabajo regulado por el Código del Trabajo al momento de quedar cesante, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o si es trabajadora o trabajador de casa particular.
  • En caso de no poseer cédula de identidad chilena, AFC Chile creará una Cuenta Individual de Cesantía con los datos informados por su AFP (RUT provisorio), la que se podrá revisar a través de la sucursal virtual de la AFC para afiliados, ingresando con su Número Identificatorio para Cotizar (NIC).