La exención de cotización, es un beneficio que elimina el pago de la cotización de salud, ya sea Fonasa o Isapre.

Pueden acceder al trámite los pensionados y pensionadas que pertenezcan al cuarto quintil más vulnerable del país.

Quiénes acceder a la prestación quedan exentos del cobro correspondiente a la cotización de salud, por lo que ya no se le descuenta el aporte, pero mantiene los beneficios, ya sea en su organismo público o privado.

¿Quiénes pueden acceder a la exención de cotización de salud? Imagen referencial

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

De acuerdo a la Superintendencia de Pensiones, tienen derecho a la exención de cotización de salud las personas pensionadas de la AFP y del Sistema de Pensiones Solidarias, además que estén dentro de los cuatro quintiles más vulnerables de la población. También, debe tener estos requisitos:

  • Tener 65 años de edad cumplidos.
  • Tener residencia en el territorio chileno por 20 años (continuos o discontinuos) a contar de los 20 años de edad.
  • Haber vivido en Chile al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud.
  • Estar en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Tener un Puntaje de Focalización Previsional igual o inferior a 1.871 puntos.

El monto del beneficio corresponde al 100% de la cotización, ya sea Fonasa o Isapre, por lo que los pensionados continuarán recibiendo los servicios de sus planes, sin cambiar la calidad de afiliado, ni tampoco el contrato de salud.

Las personas que estén pensionadas por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) o en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) no podrán optar a este beneficio.

¿Cómo acceder a la Exención de cotización de salud?

Para acceder a este beneficio, la persona pensionada debe solicitar su inscripción en el Registro Social de Hogares en su municipio. Si cumple con los requisitos de residencia, edad y puntaje, puede pedir la exención en el Instituto de Previsión Social (IPS).

La entidad le notificará a las instituciones pagadoras, ya sea AFP, IPS o compañías de seguros, el último día hábil de cada mes, las personas beneficiarias que cumplen con los requisitos, para que proceda a aplicar la exención de la cotización a contar del próximo mes.