Fiestas Patrias: Estos son los días en que es obligatorio colocar la bandera y las multas que se arriesgan de no cumplir

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Los hogares que coloquen la bandera de manera incorrecta también arriesgan penalizaciones monetarias.


La celebración del 18 de septiembre cuenta con numerosas tradiciones, entre ellas, la veneración de los símbolos patrios e izar la bandera. En particular, esta última actividad corresponde una obligación regida por ley para algunos días del mes de septiembre, arriesgando multas para quienes no la cumplan.

En relación a esta normativa, y en la víspera de la celebración de las denominadas “Fiestas Patrias XXL”, surgen dudas respecto a cuáles son los días en que será obligatorio colocar la bandera en los hogares del país.

Se trata del decreto 1.534, que determina los emblemas nacionales y reglamenta su uso, el cual establece que hay tres días en el año en que es obligación izar la bandera del país en todos los edificios públicos y privados: el 21 de mayo y el 18 y 19 de septiembre.

“Con excepción de los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre de cada año, en que deberá izarse obligatoriamente y al tope, la Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones de este reglamento”, explicita la normativa.

Imagenes referenciales de Fiestas Patrias 14/09/2022
Fiestas Patrias: Estos son los días en que es obligatorio colocar la bandera y las multas que se arriesgan de no cumplir

¿Cómo colocar correctamente la bandera?

La instalación de la bandera durante estos días también está sujeta a reglamentación, y desde el gobierno han entregado indicaciones para realizarlo de forma correcta.

En cuanto a su posición, se explicita que si se va a poner la bandera de manera horizontal, la estrella debe quedar en la esquina superior izquierda al mirarla de frente.

Asimismo, de poner la bandera en posición vertical, la estrella deberá estar en la esquina superior izquierda, al mirarla de frente.

Por otro lado, al izar la bandera en un mástil, este tiene que ser blanco, y la bandera debe ubicarse al tope.

Otra acotación a esta normativa es que en el caso de los departamentos, el uso de la bandera no es obligatorio si el edificio ya cuenta con una.

¿Qué multas se arriesgan?

Desde el gobierno advierten que no solo quienes no cumplan con colocar la bandera están expuestos a multas, si no que también, aquellos que lo hagan de manera incorrecta.

En ese sentido, quienes no sigan correctamente lo instruido por la ley podrían enfrentar penalizaciones monetarias entre las 1 y 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, entre $66.561 y $331.810.

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