Ley Ricarte Soto: conoce el sistema de financiamiento de enfermedades de alto costo
Revisa las 27 enfermedades que cubre la iniciativa y cómo postular al beneficio.
La Ley Ricarte Soto es un Sistema de Protección Financiera que permite a personas que deben pagar tratamientos de enfermedades y diagnósticos de alto costo, solventar los gastos.
Se trata de un beneficio proveniente del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), que financia el 100% de 27 enfermedades que impactan el presupuesto de las familias que tienen a algunos de sus integrantes en mala condición de salud.
¿Qué cubre la ley?
La cobertura de la Ley Ricarte Soto permite que las personas que cumplan los requerimientos reciban lo siguiente:
- Financiamiento de medicamentos.
- Dispositivos médicos.
- Alimentos de alto costo con efectividad probada.
¿Quiénes pueden acceder?
Para garantizar el financiamiento de la Ley Ricarte Soto, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser beneficiario de Fonasa, en los tramos A, B, C o D y sus cargas familiares.
- Padecer una de las enfermedades contempladas en la Ley Ricarte Soto.
- Cumplir con los criterios de inclusión establecidos en los Protocolos del Ministerio de Salud.
¿Cómo acceder?
Para solicitar el financiamiento de la Ley Ricarte Soto, se debe seguir los siguientes pasos la red pública y privada
- El médico tratante debe determinar si el paciente cumple con los criterios establecidos para cada problema de salud, los que están definidos en los Protocolos por el Ministerio de Salud.
- El médico, debe contar previamente con una clave para acceder al sistema de postulación de la Ley Ricarte Soto, llenar electrónicamente el “Formulario de sospecha fundada” y el “Formulario de solicitud de tratamiento”, que se enviará al centro confirmador del comité de expertos.
- El centro confirmador debe aprobar o descartar la sospecha.
- El comité de expertos clínicos tiene que confirmar o descartar la solicitud de tratamiento.
- Una vez que el médico reciba las respuestas, debe informar al paciente la decisión de ambas entidades y completar el “Formulario de constancia”
- El médico debe informar al paciente los pasos a seguir para iniciar el tratamiento.
¿Cuáles enfermedades cubre la Ley Ricarte Soto?
Las enfermedades que cubre la Ley Ricarte Soto son las siguientes:
1. Angioedema hereditario.
2. Artritis psoriásica moderada a grave refractaria a tratamiento habitual.
3. Artritis psoriásica moderada a grave refractaria a tratamiento habitual.
4. Cáncer de mamas que sobreexpresan el gen HER2+ (tratamiento con trastuzumab).
5. Colitis ulcerosa grave, refractaria al tratamiento de primera línea.
6. Diabetes tipo I inestable severa.
7. Distonía generalizada.
8. Enfermedad de Crohn grave refractaria a tratamiento habitual.
9. Enfermedad de Fabry (tratamiento con agalsidasa).
10. Enfermedad de Gaucher (tratamiento con taliglucerasa o imiglucerasa).
11. Esclerosis múltiple refractaria a tratamiento habitual y esclerosis múltiple primaria progresiva.
12. Epidermólisis bullosa.
13. Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
14. Enfermedad de huntington.
15. Hipertensión arterial pulmonar grupo I .
16. Hipoacusia sensorioneural bilateral severa o profunda postlocutiva.
17. Inmunodeficiencias primarias.
18. Lupus eritematoso sistémico.
19. Mucopolisacaridosis tipo I (tratamiento con laronidasa).
20. Mucopolisacaridosis tipo II (tratamiento con idursulfasa).
21. Mucopolisacaridosis tipo VI (tcon galsulfasa).
22. Mielofibrosis.
23. Nutrición enteral domiciliaria total o parcial para personas cuya condición de salud imposibilita la alimentación por vía oral.
24. Profilaxis del virus respiratorio sincicial.
25. Tirosinemia tipo I (tratamiento con nitisinona).
26. Tumores neuroendocrinos pancreáticos.
27. Tumores de estroma gastrointestinal (GIST).
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.