Permiso de circulación 2025: revisa si hay multas impagas con la patente
Una información necesaria para completa el trámite anual a realizar para los vehículos.
Se encuentra vigente el plazo para pagar el permiso de circulación, donde uno de los trámites necesarios es verificar si el vehículo tiene multas de tránsito impagas.
Conocer la mencionada información permite continuar con la gestión para obtener el documento, que autoriza el tránsito por el país a autos, motos u otros transportes.
Revisa si el vehículo tienes multas impagas
Para obtener el permiso de circulación es necesario revisar si el vehículo tiene multas impagas en el siguiente enlace, ingresando la patente.
Una plataforma a cargo del Registro Civil que indica información al 30 de noviembre de 2024.
En tanto, se aclara que si un auto tiene convenio de pago de multas tag, se requiere comprar un certificado de multas.
En paralelo, otra información necesaria para obtener el documento es verificar si se está en el Registro de Pasajeros Infractores, en la plataforma de consulta, ingresando Clave Única.
Cómo pagar el permiso de circulación
El permiso de circulación se paga en la Dirección de Tránsito de la respectiva municipalidad o en los centros habilitados para este propósito.
Además, las municipalidades pueden contar con la opción dentro de sus páginas web.
Cabe considerar que el pago del documento permite acceder a la modalidad de una o dos cuotas, pudiendo elegir entre:
- Pagar el total, con plazo entre el 1 de febrero y el 31 de marzo.
- Pagar una cuota en dicha fecha y la segunda cuota entre el 1 y el 31 de agosto.
Documentos necesarios para pagar el permiso de circulación
Para vehículos usados
- Permiso de circulación anterior.
- Certificado de homologación (si corresponde) o revisión técnica vigente.
- Póliza del seguro automotor obligatorio que cubra el periodo de vigencia del permiso.
- Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción del Registro Civil.
Vehículos nuevos
- Factura de compra, incluyendo copia.
- Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
- Póliza de seguro automotor obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.
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