El Senado aprobó el proyecto de ley que previene la venta de vehículos motorizados robados, aumentando las sanciones a quienes lo facilitan o propician este hecho.
Los parlamentarios aprobaron el proyecto por 28 votos a favor y una abstención, por lo que ahora quedó lista para que el Ejecutivo lo promulgue.
Además de prevenir la venta de vehículos motorizados, esta iniciativa, que modifica la Ley de Tránsito, también busca disminuir las encerronas, portonazos, desarme y venta por piezas, entre otros delitos.
Medidas sobre la nueva ley para prevenir la venta de autos robados
- Establece la obligación de grabado de patentes en ventanas y espejos a vehículos nuevos y usados.
- Prohíbe la circulación de autos y motos con luces y focos diferentes o adicionales a los permitidos en la normativa.
- Serán retirados los vehículos que circulen con un VIN (número de identificación del vehículo) falso.
- Se prohíbe a las personas la venta y carga de combustible a los vehículos motorizados que no cuenten con su placa patente delantera o trasera.
- Se sancionará a quienes infrinjan la normativa sobre el uso obligatorio del casco protector y demás elementos de seguridad al conducir bicicletas, motocicletas o vehículos similares.
- La conducción de vehículos motorizados utilizando cascos que no cumpla con la obligación establecida, constituirá infracción.
El ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, señaló: “Los dueños de vehículos van a tener 12 meses para poder grabar los vehículos que ya están en su propiedad y los nuevos van a tener que salir con esta placa patente ya grabada en cada uno de los vidrios involucrados”.
Infracciones y multas con la nueva ley
La nueva ley, la cual solamente falta ser promulgada por el Gobierno, cuenta con una serie de infracciones y multas a quienes realicen los siguientes actos:
- Quienes vendan o propicien la venta de vehículos robados, se sanciona con presidio menor en su grado medio a máximo.
- Además, establece la suspensión de la licencia de conducir y la inhabilidad para obtenerla hasta por cinco años.
- En caso de conducir un vehículo con placa patente falsa, alterada o que corresponda a otro automóvil, la multa corresponde de 50 a 100 UTM (entre $3.159.950 a $6.319.900, con el monto correspondiente al mes de agosto).
- Se aumentan las sanciones para quienes cuenten con la placa patente oculta en los vehículos. Ahora, la infracción se transforma en una falta gravísima, por lo que la multa es de 1,5 a 3 UTM (entre $94.799 a $189.597, con el monto correspondiente al mes de agosto).
Exigencias de la primera inscripción de un vehículo
La nueva ley cuenta con nuevas exigencias sobre la primera inscripción de un vehículo en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.
Si el vendedor o emisor de la factura no se encuentra en la nómina, el Registro Civil no podrá hacer la realización de la inscripción de vehículo, ni tampoco realizar la entrega de las placas patentes.
Además, se agregan nuevas causales para el retiro de circulación de los automóviles y su disposición ante los juzgados de policía local:
- No contar con los certificados de revisión técnica al día.
- No tener certificado de homologación individual.
- Circular con placa patente oculta, en mal estado o con el VIN o de motor adulterados o borrados.
Otras medidas de la nueva ley
La iniciativa eleva los rangos de multa para algunos casos y realiza ajustes en la Ley 20.931, sobre la aplicación efectiva de penas en robo, hurto y receptación.
Además, modifica el Código Penal para incluir como agravante en los delitos de robo y hurto, el ejecutarlo usando los automóviles con la placa patente oculta o sin ella, ya sea en la parte delantera, trasera o ambas. Se suma también el utilizar vidrios oscuros o polarizados al momento de hacer esta práctica, técnica, intervención, herramienta o condición que favorezca la impunidad.