Los días feriados, en los cuales trabajadoras y trabajadores se admiten descanso, son los más esperados del año y en Chile existen dos tipos: irrenunciables y nacionales.

Ambos tipos de festividades se utilizan para no asistir a trabajar, sin embargo, cada uno tiene sus propias características, revisa a continuación cuáles son.

¿Qué son los feriados irrenunciables?

Los feriados irrenunciables son días, que por Decreto, las y los trabajadores no deben ejercer sus labores. Así mismo, el empleador no puede exigirles que asistan, ya que podría incurrir sanciones.

Los feriados a los cuales no se puede renunciar son los siguientes:

  • 1 de enero: Año nuevo.
  • 1 de mayo: Día del trabajador.
  • 18 y 19 de septiembre: Fiestas Patrias.
  • 25 de diciembre: Navidad.

En casos excepcionales, un empleador podrá solicitar a sus empleados que trabajen un feriado irrenunciable si la Dirección del Trabajo determina que es necesario.

Feriados. Foto referencial.

¿Quiénes están exentos del feriado irrenunciable?

Existen ciertos sectores dedicados a actividades esenciales que por su condición pueden o deben laborar. Podrán ejercer sus labores aquellos trabajadores que:

  • Estén dedicados a reparar deterioros en casos impostergables.
  • Tengan labores o servicios que exijan continuidad y no puedan ser interrumpidos o que deban ejecutarse en periodos determinados.
  • Presten servicios en naves, puertos, aeropuertos o aeródromos.
  • Sean parte del comercio y trabajen directamente con el público. Los que sean de primera necesidad como restaurantes, supermercados y lugares de entretenimiento como cines, discotecas o circos.
  • Se desempeñan en establecimientos de salud como farmacias, hospitales, locales de expendio de combustibles, hoteles, entre otros.
  • Estén en negocios atendidos por su propio dueño.

Si un empleador es sorprendido infringiendo la ley, obligando a trabajar a sus empleados en Feriados Irrenunciables, será sancionado con multas que van desde las cinco UTM por trabajador.

Fetriado. Foto referencial.

¿Cuáles son los feriados nacionales?

Los feriados nacionales contemplan aquellas fechas como:

  • 2 de enero.
  • Semana Santa.
  • Día de las Glorias Navales.
  • Día Nacional de los Pueblos Indígenas.
  • San Pedro y San Pablo.
  • Virgen del Carmen.
  • Asunción de la Virgen.
  • Encuentro de Dos Mundos.
  • Días de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.
  • Día de Todos los Santos.
  • Inmaculada Concepción.