Quiénes deben formalizar sus actividades ante el SII por tope de transferencias bancarias

Venta online referencial
Cuáles emprendedores deben formalizarse por tope de transferencias bancarias. Foto referencial.

El Servicio de Impuestos Internos informó sobre los detalles a considerar por parte de emprendimientos que gestionan, por ejemplo, ventas a través de Internet.


Ante la Ley de Cumplimiento Tributario, el Servicio de Impuestos Internos (SII) informó sobre quiénes deben formalizar sus actividades y los plazos para cumplir con la norma.

Lo anterior aplica a aquellos que reciben abonos o transferencias bancarias con motivo de, por ejemplo, ventas realizadas a través de Internet, como pueden ser productos ofrecidos mediante mensajes de Whatsapp o redes sociales.

¿Cómo funciona la Ley de Cumplimiento Tributario?

Con la entrada en vigencia de la Ley de Cumplimiento Tributario, o Ley 21.713, las instituciones financieras deberán informar al SII sobre las cuentas bancarias que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

  • Que reciban 50 o más abonos o transferencias de distintas personas o empresas en un mes.
  • Que reciban más de 100 abonos o transferencias de distintas personas o empresas en un semestre.

Según explica el SII, la principal motivación de la norma es combatir la informalidad por parte de quienes facilitan productos o servicios sin cumplir con obligaciones tributarias.

Lo anterior no aplica a aquellos que reciben transferencias bancarias que no corresponden a ventas de productos o servicios, como pueden ser cuotas dirigidas a un tesorero de curso o donaciones a beneficio de una persona.

¿Quiénes deben formalizarse según la Ley de Cumplimiento Tributario?

De acuerdo al SII, la Ley de Cumplimiento Tributario aplica a emprendimientos que no se han formalizado o aquellos que reciben pagos por transferencias y no emiten boletas.

El organismo informa que se debe formalizar toda actividad económica que produzca renta, a través del Inicio de Actividades ante el SII, durante los dos primeros meses en que se comienza a desarrollarla misma.

Desde la entidad se ejemplifican las siguientes situaciones en las que se requiere iniciar actividades:

  • Has comenzado a vender productos por internet, ya sean elaborados por ti o comprados a terceros.
  • Ofreces servicios en plataformas web, redes sociales o páginas de comercio por Internet.
  • Tienes una tienda física en la que vendes productos o servicios.
  • Vas a ofrecer servicios profesionales o de otro tipo a terceros, y recibirás un pago por ello.

El inicio de actividades del SII se puede gestionar a través de este enlace.

En tanto, quienes han iniciado actividades, emiten boletas y declaran sus impuestos no requieren realizar ningún trámite.

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