El Programa de pago de cuidadores de personas con discapacidad consiste en un aporte que efectúa el Instituto de Previsión Social (IPS) mensualmente, a través de un depósito bancario.

Se trata de una ayuda económica dirigida a cuidadores y cuidadoras de personas con dependencia severa. Uno de los beneficios del Estado que es compatible con cualquier otro aporte que no tenga el mismo propósito.

El estipendio lo postula el servicio de salud correspondiente al domicilio del dependiente.

Programa de pago para cuidadores de personas con discapacidad: quiénes reciben el beneficio. Foto referencial.

¿Cuáles son los requisitos?

Para acceder al Programa de pago de cuidadores de personas con discapacidad, ChileAtiende informa que se debe cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Estar inscrito en el programa de atención domiciliaria a personas con dependencia severa del Ministerio de Salud, a través de atención primaria correspondiente a su domicilio, ya sea Cesfam, Cecof, Posta rural u otra institución pública.
  • Contar con un cuidador o cuidadora que no reciba remuneración.
  • Que la persona no se encuentre institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adultos mayor o para personas de menor edad.

La norma de preferencia para el pago del dinero, tiene el siguiente orden estricto:

  1. La severidad en la dependencia del causante, la que será medida según el Índice de Barthel.
  2. Antigüedad en la postulación del causante.
  3. La clasificación socioeconómica del causante, conforme al Registro Social de Hogares.

¿Se postula al beneficio?

Para obtener el aporte no es necesario ningún documento. La postulación de cuidadores al Programa de pago de cuidadores de personas con discapacidad, es realizada por el equipo médico de los centros de atención primaria.

Para aquellos causantes menores de siete años, que por razones de edad no se puede aplicar el Barthel, se solicitará certificación médica que será expresada en un puntaje similar al índice.

¿Cuál es el monto del pago?

El Programa de pago de cuidadores de personas con discapacidad consiste en un pago máximo mensual de $32.991 por la entrega de sus servicios.

Cabe mencionar que:

  • El monto del beneficio se reajustará anualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), reportado en diciembre del año anterior a su ejecución, siempre que exista disponibilidad presupuestaria en la Ley de Presupuestos del Sector Público.
  • Podrá concederse a un mismo cuidador hasta tres estipendios por distintos causantes, si es pariente de estos por consanguinidad o afinidad, y hasta dos si no lo es.

¿Qué vigencia tiene?

El monto se recibirá desde el mismo mes de la fecha de su concesión y se extenderá, mientras se cumplan los requisitos y exista disponibilidad económica en las leyes de presupuestos del sector público de los años respectivos, lo cual será verificado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.