Este año, las Fiestas Patrias se extenderán por cinco días, y además del momento de descanso y celebración, uno de los beneficios esperados es el pago del aguinaldo.
Este aporte monetario se presenta como una ayuda directa al bolsillo familiar en el marco de los festejos, que, este año se presentará en formato XXL a partir del 18 de septiembre.
Si bien este aporte monetario se entrega solo una vez en el año, no todos los trabajadores tienen el derecho de recibirlo. Además, en caso de ser beneficiarios, los montos varían, por lo que no todos los individuos recibirán lo mismo.
¿Quiénes reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias?
Conforme a lo indicado por el Gobierno, las siguientes personas reciben este aporte monetario:
Pensionados
Este aguinaldo es pagado junto a la pensión de septiembre, si es que las personas cumplen con las siguientes condiciones al 31 de agosto del 2024:
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
- Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Ley Valech).
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que reciben el beneficio de la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.
De esta manera, los pensionados optan un monto base de $24.261, aunque este valor aumenta en $12.446 por cada persona que tengan acreditada como carga familiar.
Trabajadores del sector público
Los trabajadores que desempeñen cargos de planta o contrata en el sector público, al 31 de agosto de este año, reciben un aguinaldo por las Fiestas Patrias.
De esta manera, los funcionarios públicos acceden $85.093 si es que su remuneración líquida es igual o menor a $984.282. No obstante, en el caso que reciban una cifra superior a la anterior, su aguinaldo es de $59.071
Trabajadores del sector privado
Los empleadores del sector privado no tienen la obligación legal de entregar un aguinaldo por Fiestas Patrias.
No obstante, desde el Ejecutivo señalan que un trabajador puede solicitar este aporte monetario siempre y cuando este ya estaba contemplado en su contrato de trabajo “o si existe un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula”.