Desde mayo rige la restricción vehicular en la Región Metropolitana, medida implementada para reducir la contaminación ambiental y que estará vigente hasta agosto de este año.

La determinación aplica de lunes a viernes, exceptuando días festivos, con un horario desde las 7:30 hasta las 21:00 horas.

Esta iniciativa que limita la cantidad de automóviles, motocicletas y similares que circulan en las calles, a través del último dígito de la placa patente, es parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente.

Restricción vehicular del martes 20 de junio

De acuerdo al calendario de la restricción vehicular, no pueden circular durante el martes 20 de junio los transportes con patentes terminadas en los siguientes dígitos:

  • Autos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011: dígitos 4 y 5.
  • Vehículos no catalíticos, sin sello verde: dígitos 8, 9, 0 y 1.
  • Motos inscritas entre el 2002 y septiembre de 2010: dígitos 4 y 5.
  • Motos con año de fabricación anterior a 2002: dígitos 8, 9, 0 y 1.
  • Buses de pasajeros sin sello verde: dígitos 8, 9, 0 y 1.
  • Transporte de carga sin sello verde: dígitos 8, 9, 0 y 1.

En 2023, la restricción vehicular aplica para toda la provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo.

Además, los autos sin sello verde y las motos con año de fabricación anterior al 2002, no pueden circular dentro del anillo Américo Vespucio.

Revisa a continuación los calendarios de junio para vehículos catalíticos y no catalíticos. El detalle del año se puede revisar en el sitio web del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Restricción vehicular para autos catalíticos. Foto: Ministerio de Transportes.
Restricción para vehículos sin sello verde. Foto: Ministerio de Transportes.

El conductor que no respete estas indicaciones se arriesga a recibir una multa de entre 1 a 1,5 UTM, es decir, montos que van desde los $62.000 a los $97.000.