El Bono al Trabajo de la Mujer es un beneficio estatal que está destinado a mejorar los ingresos de las trabajadoras dependientes e independientes, que tienen entre 25 años a 59 años, y que pertenecen al 40% de las familias más vulnerables, según el Registro Social de Hogares (RSH).

No obstante, a diferencia de otros bonos, este beneficio no tiene un monto fijo, debido a que el pago de este variará según el sueldo de la solicitante.

Este bono es entregado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y si bien, solo se puede postular una vez, tiene una duración de 4 años consecutivos.

¿Cuándo será el pago anual del bono al trabajo de la mujer?

El Sence confirmó que el pago anual del Bono al Trabajo de la Mujer 2023 se realizará durante los últimos días del mes de agosto.

Además, la recepción de este pago se puede realizar de dos maneras:

  • Por medio de un depósito a la cuenta bancaria que fue elegida al momento de realizar la postulación.
  • Presentar la cédula de identidad en alguna de las sucursales de BancoEstado y retirar el dinero en efectivo.

El monto a recibir variará según la renta bruta anual de la persona, de esta manera, los depósitos se realizarán de la siguiente forma:

  • Tramo A: Si la renta anual es igual o inferior a $3.234.866, se pueden recibir de $1 a $646.973.
  • Tramo B: Si la renta anual es superior a $3.234.866 e igual o inferior a $4.043.582, se recibe un monto cercano a $646.973.
  • Tramo C: Si la renta anual es superior a $4.043.582 e inferior a $7.278.446, se puede recibir desde $646.973 a $1.

¿Cuáles son los requisitos para recibir este bono?

Para obtener el Bono al Trabajo de la Mujer se debe postular, por lo que, para realizar esta solicitud, se debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad.
  • Pertenecer al 40% con menores ingresos del país según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Tener una renta bruta mensual inferior a $606.537.
  • Estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.
  • No trabajar en alguna institución del Estado o en una empresa que reciba un apoyo estatal superior al 50%.
  • No registrar solicitudes pendientes como beneficiarias al Subsidio al Empleo Joven.