El próximo domingo 7 de mayo son las elecciones del Consejo Constitucional, instancia para la cual el Servicio Electoral (Servel) entregó la información referente al voto con carnet vencido.

En dicha cita en los locales de votación, los ciudadanos podrán manifestar su preferencia al seleccionar a un candidato para que pueda integrar el grupo de 50 personas que conformarán el organismo, encargado de analizar la nueva propuesta de Constitución.

Para la instancia se determinó el voto obligatorio, que aplica a las personas con domicilio electoral en Chile, por lo que, no acercarse a concretar el sufragio durante la jornada significa un incumplimiento que arriesga una multa.

Cabe recordar que se podrá efectuar el voto portando la cédula de identidad o el pasaporte.

¿Se puede votar con el carnet de identidad vencido?

Según informa el Servel, se puede votar con la cédula de identidad o el pasaporte vencido, dentro de un rango de fechas.

Inicialmente se indicó que la validez del documento sería de 12 meses antes del día de la votación, sin embargo, se extendió el plazo en que se pueden usar los documentos, pudiendo estar vencidos desde el 1 de enero de 2020.

¿Cuál es la multa por no votar en 2023?

Si una persona no llega a votar en las próximas elecciones, puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 0,5 a 3 UTM. De acuerdo al valor de mayo informado por el Servicio de Impuestos Internos, esto se traduce en un monto de $31.537 a $189.222.

¿Quiénes pueden excusarse de votar?

Pueden excusarse de votar en este proceso las personas que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

  • Por enfermedad.
  • Por ausencia del país.
  • Por encontrarse en un lugar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral el día de la elección.
  • Por otro impedimento grave, comprobado ante el juez.