El Seguro Escolar está incorporado en la Ley 16.744, dirigido a estudiantes de establecimientos dependientes o reconocidos por el Estado, en todos los niveles, otorgándoles cobertura total de servicios de salud, en caso de sufrir accidentes .
El beneficio funciona en casos que un escolar debe ser llevado a cualquier establecimiento de la Red de Salud Pública, generando gastos asociados, cirugías, medicamentos o prótesis, entre otros.
¿A quién va dirigido el Seguro Escolar?
El Seguro Escolar, puede ser utilizado por estudiantes de:
- Establecimientos fiscales.
- Establecimientos municipales.
- Establecimientos particulares subvencionados.
- Establecimientos particulares no subvencionados reconocidos por el Estado.
En los niveles de párvulos, está dirigido a:
- Niños y niñas de 84 días a 4 años de edad.
- Educación básica.
- Educación media.
- Técnico agrícola.
- Técnico comercial.
- Técnico industrial.
- Educación universitaria.
- Institutos profesionales.
Cabe mencionar que el Seguro Escolar no cubre los accidentes producidos de forma intencional por la víctima, o los ocurridos por una situación que no tenga relación alguna con los estudios o la práctica profesional.
Será la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), quien determinará las causas del accidente y la calidad del accidente escolar. Para ello, recopila y acumula todos los antecedentes relacionados al hecho.
¿Para qué sirve el seguro?
El Seguro Escolar cubre a estudiantes en caso que sufran cualquier tipo de lesión a causa de los estudios o práctica educacional, la cual produzca incapacidad o muerte.
Considera aquellos hechos ocurridos en:
- El interior del establecimiento y/o en el lugar donde se realiza la práctica profesional.
- En el trayecto directo, durante el viaje de ida o regreso entre el domicilio y el establecimiento educacional.
¿Cuáles son las prestaciones?
Los servicios que cubre el Seguro Escolar son:
- Servicio médico gratuito.
- Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud o a domicilio.
- Hospitalizaciones, en los casos que fuera necesario.
- Medicamentos y productos farmacéuticos.
- Prótesis y aparatos ortopédicos, incluidas las reparaciones.
- Gastos de traslados y/o cualquier otro necesario para poder recibir estas prestaciones.
Hasta la completa recuperación del paciente, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.
¿Cómo acreditar un accidente escolar?
Para acreditar un accidente y hacer utilización del Seguro Escolar, se puede hacer de las siguientes maneras:
- Cuando es de trayecto: se puede utilizar un parte de Carabineros, declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de prueba que sea igualmente válido.
- Cuando ocurre en el establecimiento: se puede acudir a cualquier establecimiento de la Red de Salud Pública para recibir la atención médica necesaria.