Subsidio al Empleo Joven: revisa si te corresponde el pago mensual

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Subsidio al Empleo Joven: revisa si te corresponde el pago mensual. Foto referencial.

Un beneficio dirigido a determinados trabajadores, que entrega una cifra de hasta $42.377.


Cada fin de mes llega el pago mensual del Subsidio al Empleo Joven, que facilita hasta $42.377 a trabajadores menores de 25 años.

Aquellos empleados que postularon y se mantienen cumpliendo con los requisitos pueden acceder al depósito proporcional a su salario, diseñado para complementar sus ingresos.

En tanto, aquellos que nunca lo han solicitado, pueden realizar el proceso completo a través de Internet. Revisa a continuación los detalles del beneficio a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

Pago del Subsidio al Empleo Joven

Para este mes, el depósito del Subsidio al Empleo Joven se comienza a entregar desde el lunes, 30 de septiembre, y el monto está determinado según la renta de junio.

El detalle se puede consultar ingresando al sitio del Sence, junto con el historial de pagos y el perfil, en caso de necesitar actualizar los datos.

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Subsidio al Empleo Joven: revisa si te corresponde el pago mensual. Foto referencial.

Cómo postular al Subsidio al Empleo Joven

Para aquellos trabajadores que todavía no solicitan este beneficio, pueden acceder la siguiente plataforma del Sence para completar su postulación al Subsidio al Empleo Joven, ingresando el RUT y los datos personales.

Entre los requisitos para comenzar a recibir el dinero se encuentra lo siguiente:

  • Tener entre 18 y 24 años con 11 meses de edad.
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de menores ingresos de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Para mayores de 21 años también se requiere contar con la licencia de educación media.
  • Para elegir el pago anual, percibir una renta bruta anual inferior a $7.627.812.
  • Para elegir el pago mensual, percibir una renta bruta mensual inferior a $635.651.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en alguna institución del Estado o empresa con aporte estatal superior al 50%.
  • En caso de ser trabajador independiente, emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del SII.

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