Subsidio de Discapacidad: estos son los requisitos y montos de los pagos

Conoce los detalles del aporte monetario dirigido a familias con menores de 18 años con cualquier tipo de discapacidad.


El Subsidio de Discapacidad es uno de los beneficios entregados por el Instituto de Previsión Social (IPS), dirigido a personas menores de 18 años que tengan algún tipo de discapacidad.

Se trata de un aporte monetario del Estado, de $96.959 mensuales, para alivianar gastos de familias que tengan algún niño o niña con cualquier tipo de discapacidad, ya sea física, mental o cognitiva.

Además, las personas beneficiarias de este subsidio, tienen derecho a asistencia médica gratuita en establecimientos públicos.

¿Cuáles son los requisitos para postular al subsidio?

Este aporte va dirigido a personas menores de 18 años que presenten discapacidad mental, física o sensorial severa, por intermedio de las personas que los representen o de las instituciones o personas que los tengan a su cargo y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Deben estar dentro del 60% más vulnerable de la población, según la clasificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH).
  • Tienen que tener residencia continua en el país de, a lo menos, tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haga la solicitud.
  • Deben contar con una Resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o, según el caso, el certificado o credencial del Registro Nacional de Discapacidad del SRCeI que certifique:
  • Una discapacidad mental, física o sensorial de al menos un 50% (severa o profunda), que se encuentre vigente.
  • Una discapacidad mental, acreditada de acuerdo con a la Ley Nº 18.600.

Cabe mencionar, que las personas que reciben este subsidio, cuando cumplen 17 años con 6 meses, son evaludas para verificar si pueden acceder la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) a contar de la fecha en que cumplan 18 años, con el objetivo de asegurar la continuidad en la percepción de los beneficios que les concede el Estado.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

Para solicitar el beneficio a través de Internet debes seguir los siguientes pasos:

  1. Haz clic en “Ir al trámite en línea” en la página web de ChileAtiende.
  2. Ingresa el RUT de la persona solicitante, y pulse “consultar”.
  3. Si estás dentro de las posibles personas beneficiarias, presione el botón “postular”. Digita el RUT y contraseña de ClaveÚnica de la persona tutora de la postulante. Si no tienes clave, solicítela.
  4. Se desplegarán los datos de la persona postulante. Acepta las declaraciones juradas y selecciona tu relación con la persona, y presiona “continuar”.
  5. Completa la información para el pago del subsidio, y haz clic en “continuar”.
  6. Confirma la información de la solicitud, y pulsa “confirmar”.
  7. Aparecerá un cuadro con el resumen de la solicitud, la cual podrás descargar en formato PDF y que, además, recibirás en el correo electrónico registrado.

En oficina:

  1. Reúne los antecedentes requeridos.
  2. Diríjete a una sucursal ChileAtiende o a una municipalidad en convenio.
  3. Explica el motivo de su visita: solicitar el subsidio de discapacidad para menores de 18 años.
  4. Entrega los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrás solicitado el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.

Cuando la persona obtiene este subsidio, el pago lo hace el IPS a través de la red de locales de pago de Los Héroes o de BancoEstado.

¿Qué documentos necesito para hacer el trámite?

En el momento de solicitar el beneficio, se deberá acreditar la identidad de la persona solicitante y del menor beneficiario, y acompañar los siguientes documentos, según sea el caso:

  • Certificado de Discapacidad (COMPIN) o del Registro Nacional de Discapacidad (SRCeI).
  • Resolución judicial, dependiendo del caso.

Si la solicitante es una institución a cuyo cargo está el beneficiario:

  • Certificado de vigencia de la sociedad/inscripción de la persona jurídica del SRCeI, según sea el caso.
  • Certificado de vigencia del representante legal/personería/decreto de nombramiento, según sea el caso.
  • Documento acreditativo de encontrarse el menor beneficiario a cargo de la institución.
  • Poder habilitante especial para formular la solicitud y tramitar el subsidio ante el IPS, identificando al beneficiario, el que no podrá extenderse a la facultad de cobrar y percibir, pues el pago en estos casos, solo se efectuará directamente a la institución que tiene a su cargo al menor beneficiario.

Además, en el formulario de solicitud se deberán suscribir las siguientes declaraciones:

  • Que el menor beneficiario ha tenido residencia en el país por un período continuo de tres años, a partir de esa fecha.
  • Que el beneficiario se encuentra bajo un cuidado permanente.
  • Que si el menor beneficiario fuere titular de una pensión o causante de una prestación familiar, la solicitud del Subsidio hará renunciar a la pensión o la extinción de la prestación, según sea el su caso (artículos 5° y 7° del DL 869, de 1975).

Para el trámite en línea se solicitarán los siguientes documentos en formato JPG, PNG o PDF:

    • Certificado de la COMPIN que acredite la discapacidad mental, física o sensorial severa
    • Resolución judicial que acredite la tutoría de la persona beneficiaria, en el caso de que los tutores no sean los padres.
    • Certificado de matrimonio, en el caso de que la persona tutora sea la madrastra o el padrastro.

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