Uno de los beneficios del Estado para ir en ayuda de madres trabajadoras dependientes e independientes es el Subsidio Maternal, el que se traduce en un aporte monetario que reemplaza la renta.
De acuerdo al portal informativo de ChileAtiende, el beneficio está dirigido a los usuarios en los siguientes casos.
- Prenatal y prenatal suplementario.
- Postnatal y postnatal prolongado.
- Postnatal parental.
- Permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.
Para quienes trabajan de forma dependiente, se debe gestionar la licencia médica en papel a través del empleador o de manera electrónica. En tanto, si se trabaja de modo independiente es necesario realizar la gestión a través de Isapre o Compin si se está en Fonasa.
¿Cuáles son los requisitos para postular?
Para trabajadores dependientes, del sector privado o público se requieren
- Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
- Tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia.
- Contrato de trabajo vigente.
Desde ChileAtiende aclaran que los trabajadores dependientes del sector público tienen derecho a todos los descansos y permisos, por lo que en ese período tienen mantención del sueldo y no el subsidio, mientras se mantenga la relación laboral.
Para trabajadores dependientes, con contratos por día, turnos o jornadas, se requieren
- Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
- 30 días de cotizaciones, continuas o discontinuas, dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia.
- Contrato de trabajo vigente.
Para trabajadores independientes voluntarios se requieren
- 12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.
- Seis meses de cotizaciones, continuas o discontinuas, dentro del periodo de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que comenzó la licencia.
- Pago de cotizaciones al día.
Los trabajadores independientes voluntarios deben acreditar que sus actividades generan ingresos y se encuentran vigentes con su último pago de IVA, boletas de honorarios, patente comercial u otro documento.
Si se desarrollan actividades exentas de impuestos, se deben acreditar con dos declaraciones juradas de personas que hayan recibido los servicios.
Para trabajadores independientes obligados a cotizar se requiere
- Acreditar presentando comprobante de pago de cotizaciones ante el Servicio de Impuestos Internos.
- Están exentos de los demás requisitos a contar de julio del año en que se realiza la primera declaración de renta hasta el 30 de junio del año siguiente.
¿Cómo se paga el Subsidio Maternal?
El subsidio se paga por día, partiendo por el primero de la licencia médica si es superior a 10, o desde el cuarto si es igual o inferior a 10 días.
En el caso de recibir una licencia inmediatamente después de otra por el mismo diagnóstico, se considerará como una sola al determinar el número de días a recibir el beneficio.
El cálculo para el pago del Subsidio Maternal por día es el siguiente
- Licencia de tres días: no se paga
- Licencia de cuatro días: se paga un día
- Licencia de ocho días: se pagan cinco días
- Licencia de 10 días: se pagan 10 días
¿Cuál es el monto a pagar?
Desde ChileAtiende se explica que el pago diario no debe ser menor a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales.
El ingreso mínimo para fines no remuneracionales es de $217.226, donde el 50% es de $108.613, por lo que la trigésima parte de dicho porcentaje es de $3.620, el que correspondería al monto mínimo a entregar.
Cómo reclamar si no se recibe el Subsidio Maternal
Si una persona no tiene derecho al beneficio durante pre o postnatal o no se encuentra de acuerdo con el cálculo del mismo, puede establecer un reclamo a través de la Superintendencia de Seguridad Social.