El pasado 13 de enero, Bernardita Ríos nos dejó la siguiente pregunta para Diario de un emprendedor: ¿Cómo saco la resolución sanitaria más rápido?
Hola, Bernardita. No existe un “camino corto” para realizar este trámite, indispensable para obtener la patente en el caso de varios rubros comerciales. La ley faculta a la Seremi de Salud a entregar una respuesta en un plazo de 30 días hábiles, pero a raíz de la situación sanitaria por la que atraviesa Chile este plazo se ha extendido. Por eso, mi consejo es iniciar cuanto antes este proceso e informarse bien sobre los documentos requeridos, ya que los 30 días comienzan a contar una vez que todos los papeles están entregados y en regla; es decir: si me retraso solo en uno, se dilata invariablemente todo.
Habitualmente asociamos el concepto de “resolución sanitaria” a los emprendimientos que tienen que ver con el rubro alimenticio. Esta es una autorización entregada por la Seremi de Salud que permite el funcionamiento de todas las instalaciones que producen, elaboran, preservan, envasan, almacenan, distribuyen y/o expenden alimentos o aditivos alimentarios.
Pero, ojo, hay otros comercios y espacios que también necesitan permiso sanitario: los centros de salud, los establecimientos de peluquería y procedimientos estéticos, los colegios, los bazares, las ferias y todo aquel que la municipalidad respectiva considere que lo requiere. En esta columna, sin embargo, nos centraremos solo en la resolución sanitaria para establecimientos que trabajen con alimentos.
Como comentábamos arriba, la resolución sanitaria es un documento exigido por las municipalidades a la hora de sacar la patente. Es un trámite que puede realizarse de forma presencial o en línea, en https://seremienlinea.minsal.cl/, ingresando con Clave Única. Allí se despliega un menú de opciones de autorización para alimentos y los documentos requeridos. Mi recomendación es que, ante cualquier duda con los papeles o el procedimiento, acudan a su Seremi respectiva y aclaren todos los requisitos antes de comenzar con la solicitud, para evitar tener tropiezos en el camino. Un error habitual es que las personas pongan su rut al iniciar el requerimiento, cuando deben consignar los datos de la empresa, pues esta es la que necesita la autorización. Otro error es, al momento de inscribir una sociedad, no validar que todos los integrantes puedan realizar trámites indistintamente. Si no lo hacen, para cada paso van a requerir la firma de cada uno de ellos o ellas.
También es bueno saber que si quieren trasladar su negocio de un lugar a otro, deberán volver a actualizar la resolución.
Una vez entregada la documentación hay que considerar que debe ir un inspector a terreno a verificar que se cumplan las condiciones para el trabajo con alimentos. Para las personas que cocinan en sus casas, la Ley de Microempresa Familiar (MEF) facilita que la autoridad sanitaria autorice el uso de la cocina, refrigerador y baño del hogar para el emprendimiento, una buena noticia para quienes van partiendo poco a poco.
Para las PyMes y MEF, el costo del trámite es de $1.000 y se renueva automáticamente cada tres años, salvo que se termine o se amplíe el giro.
Suena como un proceso engorroso y lo es, porque estamos hablando de un permiso para trabajar con algo tan delicado como los alimentos. Es un trámite complejo, que requiere paciencia, que estemos bien informados y al tanto de cada etapa. Ojalá fuera más simple y expedito, ya que emprender por sí mismo ya es una tarea difícil y uno suele sentirse desorientado. Pero, por ahora, y más en el contexto actual, debemos acatar los plazos.
Los invitamos a dejar todas sus dudas e inquietudes respecto de sus emprendimientos, que serán respondidas semanalmente por Verónica Oliva en esta sección.