Presidente del CDE: "Para los estándares actuales es sano discutir sobre las inhabilidades de los consejeros"
Abogado Juan Ignacio Piña dice que el CDE se ciñe al código de ética para enfrentar los conflictos de interés y valora debate sobre prohibir a sus miembros litigar en causas privadas. Afirma que si el Congreso pide exclusividad a los consejeros, deben asumir los costos fiscales, como la necesidad de un nuevo edificio para el organismo.
Juan Ignacio Piña, presidente del Consejo de Defensa del Estado, decidió inhabilitarse como consejero no sólo en el caso del alcalde de Colina, Mario Olavarría, porque es defendido por su antiguo estudios de abogado Balmaceda & Cox, sino en todo el caso Basura, que agrupa a distintos municipios y en el cual el CDE es querellante. Asegura que los miembros del consejo cumplen con todos los estándares de inhabilidad ética.
¿Qué opina del proyecto de ley para que los consejeros del CDE tengan dedicación exclusiva y no litiguen en causas privadas?
Conozco el proyecto; de hecho, los diputados vinieron a verme y una de las primeras cosas que les dije es que yo creo que esta es una discusión muy sana, yo creo que es súper razonable que para los estándares actuales esta discusión exista y sea una discusión de cara a la opinión pública respecto de las eventuales inhabilidades o no de los consejeros.
¿Está de acuerdo con la moción?
Soy incumbente, así que no puedo dar una opinión. Lo que puedo decir que es que tenemos que tener esta discusión de un modo serio y eso implica, por ejemplo, que si vamos a discutir respecto de las inhabilidades de los abogados del consejo, tenemos que asumir los costos para el Fisco que ello implicaría. Y no estoy pensando en mejoras del sueldo, estoy pensando en oficinas. Hoy día, en el diseño que nosotros tenemos, los consejeros no tienen oficina en el consejo, no tienen ni siquiera estacionamiento. Eso se los dije a los diputados. Para que tengamos esta discusión de verdad, yo necesito un edificio nuevo.
Hoy los consejeros pueden ejercer doble rol, ¿cómo regulan los eventuales conflictos de interés?
Cualquier abogado que se dedica al ejercicio libre sabe que los conflictos de interés pueden estar presentes sea por clientes que defiende tu oficina, o que has defendido con anterioridad. En el consejo operan las reglas generales respecto de la gestión de los conflictos de interés y que dicen relación con, primero, la identificación, después la valoración y luego la decisión respecto de si se configura o no. Por la experiencia que yo tengo, primero, no son tantos, no es una cuestión que se dé con tanta frecuencia, y segundo, los consejeros son bastante quisquillosos respecto de cuándo se configuran.
¿Todo es autorregulación?
Las reglas de los conflictos de interés no son un problema de autorregulación. En el código de ética del Colegio de Abogados hay un tremendo capítulo sobre los conflictos de interés. Es decir, es una autorregulación en el sentido de que esos instrumentos no son obligatorios, pero los abogados colegiados estamos sujetos al control ético de nuestros pares.
¿Pero cada consejero se inhabilita o son los otros consejeros los que advierten los conflicto de interés de sus compañeros?
Eso no me ha tocado nunca, pero podría pasar de cualquiera de las dos maneras.
¿Inhabilitarse qué es? ¿Es no votar, es no participar en el debate, es pararse e irse de la sala?
Se dan los dos formatos, depende, porque hay algunas inhabilidades que son relativamente quisquillosas. Le pasa a algún consejero que dice: 'yo no tengo ninguna vinculación con este señor, pero hace algún tiempo fue cliente de mi oficina'. Eso quiere decir que no participa en la discusión. Hay veces que los consejeros se paran y simplemente salen de la sala.
¿No es un poco discrecional?
No es que sea discrecional, allí donde hay conflicto de interés hay que ser muy claro, lo que pasa es que a veces hay ciertas normas que son más bien normas de decoro. Un consejero me dijo 'por qué te vas a inhabilitar en el caso Cema Chile, no tienes nada que ver, tu defendiste a otro señor en otra arista' (defendió a Marco Antonio Pinochet en el caso Riggs). Así es, no tengo conflicto, pero a pesar de eso prefiero inhabilitarme.
El consejero Rodrigo Quintana integra un estudio de abogados como es Bofill Mir & Álvarez Jana, que tiene decenas de clientes, empresas mineras y litigios relacionados con el Estado. ¿Cómo se regulan tantos flancos?
Es que hay que entender que el consejo funciona como un órgano colegiado y además sobre la base de distintos comités, y muchas de las causas nunca pasan ni siquiera cerca de Rodrigo Quintana, que está en el comité contencioso administrativo y el tributario medioambiental. Rodrigo se inhabilita de vez en cuando, pero no me toca ver que pasen por sus manos causas en que esté conflictuado.
Está también el caso de Paulina Veloso, quien a través de su estudio privado se adjudicó contratos de asesoría jurídica a Corfo.
Eso es lo que pasa siempre en la administración descentralizada. Aquellas instituciones que tienen patrimonio propio o se defienden ellos mismos o pueden contratar abogados. También nos pueden pedir a nosotros que los defendamos. Cuando le piden a un consejero -que no sé si es el caso de Paulina, desconozco el caso de ella- en abstracto puedo decir que, y esto en el consejo lo hemos dejado bastante claro, cuando un organismo descentralizado contrata a un consejero pudiendo recurrir al consejo, los consejeros no los aceptan como clientes. Sería un conflicto de funciones.
¿Me puede decir en qué casos se ha inhabilitado cada consejero?
No tenemos registro. Yo suelo recibir denuncias de este tipo por parte de contrapartes; el abogado picado de este país no es tan raro que haga llegar denuncias. Pero yo, en general, he quedado muy satisfecho respecto a cómo se gestionan los eventuales conflictos. Se cumple con todos los estándares de inhabilitación ética.
¿Pero cómo se puede fiscalizar si las actas del consejo son secretas?
Como abogados, tenemos obligación de reserva. Cometo un delito cuando entrego información cubierta por el secreto profesional.
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