Ocurrió el pasado miércoles por la tarde. Con pocas horas de diferencia, Colombina Parra, la menor de los seis hijos de Nicanor, aterrizaba en Santiago, luego de una semana en Europa, donde estuvo a cargo del montaje de una exposición que incluyó parte de la obra de su padre, en el Museo Vasco de Arte Contemporáneo. En tanto, en el 24 Juzgado Civil de la capital Catalina y Alberto, los hijos mayores del antipoeta, interponían una demanda por nulidad del testamento dejado por Nicanor Parra, fallecido el pasado 23 de enero, a los 103 años.
Elaborado en el estudio Grasty Quintana Majlis & Cía, el documento -presentado por el abogado Jorge Meneses- aduce que el poeta sufría deterioro de sus capacidades cognitivas.
La acción judicial se presenta tras un período de conversaciones entre las partes, que no llegaron acuerdo. Las diferencias entre los herederos se hicieron públicas a pocos días de la muerte del premio Nacional de Literatura 1969.
Doce días después de su partida se anunciaba, a través de los clasificados de la prensa, "la apertura de la sucesión de don Nicanor Segundo Parra Sandoval", aviso firmado por Colombina, "Albacea testamentaria de la herencia".
Ya a inicios de febrero se hablaba de una "eventual impugnación". Sobre todo ante las declaraciones de Catalina, la hija mayor. "Ojalá que no tuviera que gastarse una fortuna en abogados y que terminemos con esto en un show terrible. Son seis hermanos. (...) Y diferentes ramas de la familia", señaló.
Así es, los tres primeros hijos del autor de Artefactos son Catalina, Alberto y Francisca, nacidos en la década del 40, del matrimonio con Ana Troncoso. Ricardo es hijo de la unión del antipoeta con Rosa Muñoz. En los 70 nacieron sus últimos descendientes, Colombina y Juan de Dios, hijos de Nury Tuca, fallecida en 2014.
La demanda de nulidad del testamento de Catalina y Alberto es contra los otros herederos: Colombina, Juan de Dios, Ricardo y Francisca. En ese orden, el documento que consta de 35 páginas solicita que "se declare la nulidad del Testamento otorgado por dicho causante con fecha 4 de septiembre de 2017 en la Primera Notaría y Conservador de Minas de San Antonio de doña Ximena Ricci".
Posteriormente se detalla parte del documento que favoreció a Colombina, quien aparece "siendo designada como destinataria de la cuarta de mejoras, y de libre disposición, resultando beneficiada con un 58,33% del total de la herencia".
La demanda señala que las "facultades mentales de don Nicanor se encontraban seriamente aminoradas al momento de testar, explicándose la firma temblorosa que aparece en el instrumento objetado a partir de las injerencias indebidas por parte de Colombina Parra, quien gestionó la confección y contenido del documento, en conjunto con su abogado". Por ello solicita la nulidad absoluta del mismo.
Además, en el caso de que se desestime la nulidad absoluta, el recurso insiste en que Colombina "intervino activamente en la gestación y otorgamiento del testamento de su padre, induciéndolo, en la hipótesis de nulidad relativa, por medio de fuerza moral, a testar en su beneficio, viciando su voluntad, aprovechándose precisamente de su edad, estado de capacidad cognitiva aminorada y dependencia". Por lo anterior, se precisa, más adelante en el documento, "verificándose lo que en las jurisdicciones de common law se denomina 'undue influence'".
Luis Valentín Ferrada, abogado de los cuatro herederos demandados, insistió en la validez del testamento: "Mientras el testamento no esté nulo, la ley lo presume enteramente válido. Entonces Colombina seguirá siendo albacea hasta que esto se dilucide", dijo y agregó que él intentó llegar a un acuerdo previo a la demanda, pero solo hubo conversaciones sin negociación. "Yo fui de la idea de buscar soluciones alternativas más razonables", afirma, quien sabe que el argumento central de la demanda tiene que ver con la salud mental del autor de Poemas y antipoemas.
Sobre este punto, la demanda reproduce fragmentos de tres testimonios publicados en febrero: una entrevista del poeta Raúl Zurita (en revista Capital), una columna del escritor Eduardo Labarca (en El Mostrador) y un artículo con la empresaria Teresa Undurraga (en revista Cosas). Estos dos últimos vecinos de Las Cruces, donde Parra vivió sus últimos 20 años y donde hoy descansan sus restos.
Con respecto a los testimonios anteriores, "Don Nicanor, según declararan personas muy cercanas a él, de su círculo íntimo y desinteresado, incluso mucho antes de la fecha del testamento ya no los reconocía e, incluso, presentaba serios problemas para conectar o comprender ideas o pensamientos", señala la demanda que indica que hay otros testimonios "que se incorporarán al juicio en la etapa correspondiente".
La solicitud judicial indica igualmente supuestas irregularidades legales en torno al testamento, firmado por Parra un día antes de cumplir 103 años. Por ejemplo, se cita un testamento fechado el 6 de diciembre de 2000, donde se cuestiona al abogado de Colombina de entonces, Mauricio Moya Zamora, quien también participó en el testamento del año pasado. Esto porque aparece en ambos "utilizándose una fórmula y estructura del testamento idéntica a la que terminó beneficiando a Colombina Parra".
Ferrada cree que estos argumentos son débiles. "No hay razón de impugnación por cuestión de solemnidad o formalidad jurídica, porque reúne todos los requisitos exigidos por la ley", comenta el especialista, y sobre la salud mental de Parra agrega: "Los herederos que yo represento están muy bien posicionados en cuanto a reunir un conjunto de pruebas que son indesmentibles de que Nicanor se encontraba en pleno uso de sus facultades, y no solo de testigos, sino documental, y hay grabaciones que demuestran que estaba bien".
El profesional, además, cree que aquellos audios que en su momento serán presentados a la justicia no serán del agrado de los demandantes. "No sé si les va a gustar conocerlos. Esto tiene que ver con las razones de por qué Nicanor hizo el testamento de la manera que lo hizo".
Casos de herencias en disputa
Los juicios en torno a herencia son poco habituales en Chile, porque la gente no suele testamentar. A diferencia de Europa, donde sí existe costumbre de dejar voluntad testamentaria. "Allí no es inhabitual la impugnación de los testamentos; hay mucha jurisprudencia al respecto", dice la abogada española Susana Espadas, doctora en Derecho de la U. Autónoma de Madrid y profesora de la U. Adolfo Ibáñez.
De todos modos, la legislación chilena preveé la posiblidad de pedir la nulidad de un testamento, en este caso porque eventualmente quien testa no estaba en sus plenas facultades mentales. "Eso es viable, pedir la nulidad por esa causal, y si el juez la acoge el testamento es declarado no válido. Queda en situación intestada y el reparto de los bienes entre los hijos es por partes iguales", dice.
En cualquier caso, probar la incapacidad mental no es sencillo: "Los testimonios son medios de prueba, pero lo que tiene más validez son los informes de expertos, un examen o antecedentes médicos. Si eso no existe, el juez puede escuchar a los testigos, y él es libre para valorar esa prueba".
Aún así, los problemas de la edad no necesariamente son indicativos de incapacidad: "En el ámbito europeo, los achaques de la vejez (los baches de memoria, por ejemplo)no son prueba de deterioro mental. La línea allí es muy fina". Un proceso de esta naturaleza, confirma la abogada, podría extenderse por años.
En España hay al menos dos casos que fueron muy mediáticos: el de Rafael Alberti (1902-1999), quien firmó 10 testamentos entre 1991 y 1996, y finalmente benefició a su segunda esposa, María Asunción Mateo, a quien doblaba en edad, y a los hijos de esta, en desmedro de la hija de su primer matrimonio, Aitana. El caso aún no se resuelve.
El otro es el del Nobel Camilo José Cela (1916-2002), quien también testamentó en favor de su segunda mujer, Marina Castaño, 42 años menor. Pero el testamento perjudicaba los derechos legítimos de su hijo Camilo Cela Conde. La justicia falló a favor de este y le entregó tres cuartas partes de la herencia.
Más reciente es el caso de la actriz italiana Gina Lollobrigida, de 90 años, quien cedió la gestión de su patrimonio a su chofer, de 30. Su familia pidió que se la declare senil, pero la justicia le dio la razón a ella. Ahora, su hijo acusó directamente al chofer de enriquecerse a costa de su madre (AGB).