En septiembre del año pasado, el ese entonces ministro de Hacienda, Ignacio Briones, le solicitó al Consejo Fiscal Autónomo (CFA) realizar una análisis de la actual institucional fiscal y entregar recomendaciones. Dichas recomendaciones fueron dadas a conocer este miércoles por la entidad que preside el economista Jorge Desormeaux.
Su reporte entrega 12 recomendaciones que van desde establecer una regla dual de deuda neta y balance estructural, con el propósito de asegurar que las finanzas públicas operen en un marco que resguarde su sostenibilidad, hasta incorporar obligaciones o consecuencias para casos de incumplimiento del mecanismo de corrección posterior a una desviación de las metas.
El ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, comentó que “la responsabilidad y la institucionalidad fiscal de nuestro país en los últimos 30 años, es lo que hoy día nos ha permitido poder aumentar el gasto público en 2020 y 2021, para llegar con ayudas a los compatriotas que lo necesitan. Pero ese ha sido un desafío de corto plazo”. Sin embargo, acotó que “en el largo plazo, tenemos que preocuparnos de normalizar nuestra situación fiscal y de prepararnos para futuros episodios en los que volvamos a necesitar ese tipo de políticas”.
En ese sentido, fuentes de la cartera señalaron que se comenzará a trabajar en una agenda de cambios que espera ir impulsando durante los próximos meses.
Para esto, además, pidieron un conjunto de solicitudes para perfeccionar el cálculo del balance estructural, los cuáles se espera estén implementados al momento de comenzar la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos 2022. La idea de Cerda es aunar un consenso político y técnico para avanzar en los cambios.
En este contexto, la Directora de Presupuestos, Cristina Torres, dijo que el Informe de Finanzas Públicas del Primer Trimestre 2021, se dará a conocer el día viernes 16 de abril.
Las recomendaciones
Establecer una regla dual de deuda neta y balance estructural:
Se recomienda incorporar un ancla fiscal definida como un nivel prudente de deuda neta sobre el Producto Interno Bruto (PIB). En este marco, la forma de operar de la regla dual debiera considerar metas anuales de balance estructural compatibles con un nivel objetivo referencial para el cociente deuda neta-PIB, que se ubique por debajo del nivel prudente de deuda.
Mantener el balance estructural como la regla operacional
En el caso de la regla operacional, el Consejo destaca la conveniencia de mantener el concepto de balance estructural. Ello se justifica, por un lado, pues el operar con una variable estructural permite dotar a la política fiscal de un carácter acíclico, restándole a esta última volatilidad e incertidumbre. Y, por otro lado, es un concepto ya conocido por dos décadas en el país, lo que facilita su comunicación hacia el público.
Definir la Posición Financiera Neta como el concepto relevante para el nivel prudente de deuda
El consejo considera relevante que la variable a utilizar para construir el nivel prudente de deuda sea la deuda neta.
Establecer normas que consideren tanto el nivel prudente de deuda como un objetivo referencial de deuda
Se recomienda que el concepto de nivel prudente de deuda debiese estar establecido por ley, mientras que su cifra puntual tendría que especificarse mediante decreto o en otra norma de mayor jerarquía. La estimación puntual del nivel prudente de deuda debiese perdurar por más de una administración, de forma tal de dar estabilidad a dicha cifra como un valor más permanente, con consideraciones de mediano plazo, y así evitar modificaciones de carácter discrecional que terminen debilitando el ancla fiscal. Sostienen que de establecerse en un decreto, este debe ser distinto al que sienta las bases de la política fiscal de cada gobierno y su actualización no debiese ocurrir al comienzo de una nueva administración, ni tener efectos sobre las metas de balance estructural previamente definidas.
Se recomienda que el decreto incorpore un nivel objetivo referencial de deuda neta hacia fines del período en que cada administración determina su último presupuesto del sector público.
Nivel prudente de deuda neta de forma robusta y rol del CFA
La estimación del nivel prudente de deuda debiese ser realizada por Hacienda, considerando toda la información disponible y formalizarse a través de la dictación de decreto o de otra norma de mayor jerarquía. El Consejo destaca la importancia para el país de mantener la calificación de riesgo de “grado de inversión”, lo cual debiese ser un aspecto a considerar al establecer el nivel prudente de deuda. Dicho nivel debe ser entendido como un umbral restrictivo, que no se debe sobrepasar.
Incorporar advertencias y planes para evitar el incumplimiento del ancla fiscal
Cuando el cociente deuda neta-PIB efectivo sobrepasa su nivel objetivo referencial se recomienda que la autoridad fiscal deba dar cuenta al Congreso.
Mejorar los estándares de información de “otros requerimientos de capital”
Mejorar los estándares de información y de proyección de los llamados “otros requerimientos de capital” (como, por ejemplo, de capitalización de empresas públicas), pues ellos también inciden en el nivel de deuda.
Establecer explícitamente que las metas de balance estructural deben ser cumplidas ex-post
Se recomienda incorporar de manera explícita en la ley de responsabilidad fiscal que las metas de balance estructural deben ser cumplidas de manera ex-post, de forma tal que si se identifica un potencial desvío del balance estructural respecto de las metas o si este se materializa, deba ser corregido.
Incorporar cláusulas de escape y mecanismos de corrección
Se recomienda la incorporación de ambos elementos a la regla fiscal. En línea con el principio de responsabilidad fiscal, una cláusula de escape bien diseñada debe contemplar siempre un mecanismo de corrección del desvío de las metas, de forma tal de contar con una senda de convergencia fiscalmente sostenible cada vez que se aplique la cláusula de escape.
Definir las características de los eventos que gatillan las cláusulas de escape
Definir con claridad las características de las causas que pueden gatillar las cláusulas de escape, debiendo éstas ser exógenas al Gobierno, graves y transitorias
Establecer los organismos responsables en las cláusulas de escape y mecanismos de corrección
Establecer los organismos responsables en la decisión sobre activación de las cláusulas de escape y la definición de los mecanismos de corrección aparejados.