Convención: cese de funciones de los consejeros surge como punto en disputa en debate constitucional sobre Banco Central

Convención Constitucional: 11 de Febrero 2022
Foto: Agencia Uno

Algunos constituyentes consideran que una destitución de sus consejeros debe permanecer como iniciativa del Ejecutivo para definirse el Congreso, mientras que otra propuesta señala que debiese entregarse esa potestad al poder judicial. Respecto a su mandato también se evidenciaron discrepancias.


Con la tranquilidad de la tarea cumplida, tras la aprobación en general de 14 de 16 de los artículos que propusieron al pleno en la jornada del martes, este miércoles los miembros de la Comisión de Sistemas de Justicia ahondó en su sesión 38 en las diversas iniciativas de norma que abordan al Banco Central.

Con el principio de autonomía respecto del poder Ejecutivo destacado en cada una de las presentaciones, el debate partió con este consenso reconocido por los convencionales y también por expertos. “Eso es extraordinario, que por lo menos no exista divergencia entre las propuestas respecto a la autonomía del Banco Central”, sostuvo Eugenio Evans, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica.

No obstante lo anterior, hubo otras materias relativas al instituto emisor con visiones divergentes. Además del mandato que ha de tener el ente rector, hubo discrepancias sobre cómo se definirá en la nueva carta magna el cese de funciones de sus consejeros, o lo que algunos denominaron, control político.

Mantener, innovar o dejar a materia de ley

Sobre tal materia, hoy la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile señala en su artículo 17 que “el Presidente de la República, por causa justificada y previo consentimiento del Senado, podrá remover a alguno o la totalidad de los miembros del Consejo”, especificando además que “la remoción sólo podrá fundarse en la circunstancia de que el consejero afectado hubiere votado favorablemente acuerdos del Banco que impliquen un grave y manifiesto incumplimiento de su objeto” y “siempre que dicho acuerdo haya sido la causa principal y directa de un daño significativo a la economía del país”.

Esta fórmula resulta apropiada para la propuesta respaldada por 16 constituyentes, la mayoría del Colectivo Socialista, la cual plantea en su articulado que “los Consejeros cesarán en sus funciones por la causales objetivas que establezca esta Constitución y la ley”.

Andrés Cruz, representante del distrito 20, precisó a Pulso que “el detalle se consignaría en la ley, pero el objetivo es que concurran el Presidente de la República y el Congreso, y no por la vía de una acusación constitucional, sino que por circunstancias objetivas”.

Andrés Cruz, constituyente distrito 20
Andrés Cruz, constituyente del distrito 20 y parte del Colectivo Socialista.

Adicionalmente, indicó que la propuesta - también patrocinada por Fernando Atria, Jaime Bassa e independientes - considera que esas definiciones debieran corresponder a la legislación “para conferir mayor flexibilidad a posibles innovaciones en cuanto supresión, modificación o agregación de causales”.

También conforme con la definición actual, la propuesta de normativa más transversal, respaldada por 14 constitiyentes de Chile Vamos, Colectivo Socialista, Chile Digno, Pueblos Originarios, Pueblo Constituyente e independientes, plantea que se debe elevar lo que hoy es ley a un rango constitucional.

“El Presidente de la República, con el acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio de la Cámara Plurinacional, podrá remover a alguno o la totalidad de los miembros del Consejo. La remoción sólo podrá fundarse en la aprobación de acuerdos del Banco que impliquen un grave y manifiesto incumplimiento de sus funciones. Este incumplimiento, además, debe ser la causa principal y directa de un daño significativo a la economía del país”, es el articulado que proponen agregar a la Constitución.

Renato Garín, constituyente del distrito 14
Renato Garín, constituyente del distrito 14.

Según explicó en la sesión Renato Garín, representante del distrito 14 que expuso esta iniciativa, la idea es “no dejar abierto este debate al poder constituido futuro, sino que cerrarlo y establecer que es el Presidente el que hace control político mediante una acusación ante el Congreso”.

Respecto al rango de la normativa, Evans considera que “las autonomías constitucionales (como las referidas al Banco Central, la Contraloría General de la República, el Ministerio Público, entre otros) debieran estar reguladas por lo general por alguna norma cuya aprobación, modificación o derogación tenga algún tipo de quórum calificado, es decir, al menos por mayoría absoluta de parlamentarios en ejercicio”, por lo que no respalda la idea de elevar esas normativas a rango constitucional.

Eugenio Evans, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica.
Eugenio Evans, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica.

Mientras que la propuesta de Movimientos Sociales Constituyentes (MSC) y otra de Chile Digno no se pronuncian en la materia, la que patrocinan Independientes No Neutrales junto a independientes mantiene los criterios de destitución actual, pero propone una fórmula completamente diferente para que tenga efecto.

“Los miembros del Consejo podrán serán destituidos de sus cargos por resolución de la mayoría absoluta del pleno del Tribunal Supremo de Justicia, previa petición de la mayoría de quienes ejerzan como consejeros del Banco o de un tercio de los parlamentarios en ejercicio, conforme al procedimiento que establezca la ley”, se lee en el articulado.

Esta determinación la explicó su expositor, Mauricio Daza, representante del distrito 28, señalando que se debe “establecer una muralla de hierro entre el Ejecutivo y el Banco Central. Esto no ocurre si es que le entregamos, como hoy día existe, al Presidente la posibilidad de poder solicitar directamente lo que se relaciona con la destitución, incluso de la totalidad del Consejo del Banco Central”.

Mauricio Daza
Mauricio Daza, constituyente del distrito 28.

En base a lo anterior, Daza indicó que optan por la Corte Suprema para esa tarea, debido a que en su articulado señalan “causales que son más específicas, no son de carácter meramente políticas, sino la infracción de determinados deberes y la realización de determinadas conductas que en concreto se consideran que importan un reproche suficiente para cesar de sus funciones a un consejero”.

Para Evans, “alterar la forma como se ha hecho efectiva la responsabilidad de los consejeros del Banco Central me parece absurdo, porque como está ha sido exitoso”, por lo tanto, no le parece una buena idea lo que plantea la última propuesta referida, recordando que “hemos conocido en la historia de Chile jueces capturados por la política o capturados por intereses”.

En ese marco, el experto en derecho constitucional subrayó que “es más transparente frente al público el sistema actual, porque existen responsabilidades políticas asociadas”.

El mandato es otro punto en conflicto

Además de esta discusión, la referida al mandato del Banco Central también fue protagonista de la sesión, particularmente debido a las propuestas que buscan ampliarlo más allá de la “estabilidad de la moneda”.

Actualmente la Constitución no hace indicaciones al respecto y deja este detalle a la Ley Orgánica que lo rige, la cual señala que “el Banco tendrá por objeto velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos”.

Esta definición se mantiene en la norma patrocinada por el Colectivo Socialista y algunos frenteamplistas, al igual que aquella que cuenta con apoyos transversales de Chile Vamos al PC y la de Independientes No Neutrales.

Quién presentó esta última, Daza, indicó que no están de acuerdo “con agregar mandatos más directamente, porque si uno agrega un mandato tiene que .entregarle instrumentos y hay que ver si es que efectivamente puede ejercer de una buena manera esos instrumentos”.

Esa fue su respuesta frente a una consulta de Manuela Royo, representante del distrito 23, que presentó la iniciativa de norma respaldada por constituyente de MSC. Si bien esta última no añade en su articulado nuevos mandatos, su propia expositora amplió los criterios del análisis de la institución.

Manuela Royo
Manuela Royo, constituyente del distrito 23 y parte de Movimientos Sociales Constituyentes.

“Hoy es primordial que el Banco Central que se unge en esta Constitución esté a tono con los nuevos tiempos y logre salir de la rigidez que hoy lo caracteriza, avanzando hacia un órgano que sirva para darle sostenibilidad y sustentabilidad a la demandas de la sociedad chilena, promoviendo un desarrollo económico justo, con una vida digna, en concordancia con la conservación y protección del medioambiente”, planteó Royo.

La que directamente amplia el mandato es la propuesta de Chile Digno, que fue presentada por Bessy Gallardo y que plantea en su articulado, además de la estabilidad de precios, que es deber del ente rector “contribuir al desarrollo económico y social, promoviendo el pleno empleo y la diversificación productiva, sin perjuicio de las demás funciones que determine la ley”.

Bessy Gallardo
Bessy Gallardo, constituyente del distrito 10.

Gallardo, representante del distrito 10, argumentó que se le pueda otorgar un rol más activo al BC en la economía, ejemplificando, entre otros, con el caso del Corea del Sur, dado que “uno de sus objetivos principales fue la promoción del crecimiento económico y la transformación estructural de la economía, en conjunto con la estabilidad de precios (...) Durante dos décadas garantizó la extensión de la deuda de los bancos comerciales cuando estos dirigieron recursos a los sectores exportadores prioritarios”.

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