Mientras el pleno de la convención inicia la votación de las primeras normas que podrían quedar plasmadas en la nueva Carta Magna, las comisiones continúan con su trabajo de aprobar o rechazar iniciativas. Este miércoles se abordará uno de los temas que ha estado en el foco de expertos, economistas y políticos: el Banco Central. En la Comisión de Sistema de Justicia, órganos autónomos de control y reforma constitucional, se presentarán y se iniciará el debate sobre seis iniciativas en la materia.
El Banco Central fue creado en 1925 y desde 1989 es un organismo autónomo y técnico. Tiene como objetivo velar por la estabilidad de la moneda, es decir, mantener la inflación baja y estable en el tiempo. Hoy tiene un capítulo en la actual Constitución y el detalle de su funcionamiento está en una ley orgánica de rango constitucional.
La dirección y administración del organismo radica en el Consejo. Son actualmente cinco consejeros que son designados por el Presidente de la República mediante Decreto Supremo, y deben contar con el apoyo de una mayoría simple del Senado. El presidente del ente rector, en tanto, es designado directamente por el Mandatario.
Otro punto central, es que según las últimas encuestas de opinión, el Banco Central es una de las instituciones mejor evaluadas por la ciudadanía.
Todas las iniciativas presentadas por constituyentes de distintos colores políticos coinciden en mantener, al menos en la descripción, la autonomía del Banco Central, pero difieren en las funciones y objetivos que tendría el organismo cuando entre en vigencia la nueva Carta Fundamental.
Norma de Apruebo Dignidad
Una de las normas que se someterá a votación este miércoles fue presentada por constituyentes de Apruebo Dignidad, principalmente del PC, y una convencional de pueblos originarios. Establece entre otras cosas la autonomía del Banco Central, aunque amplía las funciones que actualmente tiene la entidad.
Parte del articulado presentado por los convencionales establece que “existirá un organismo autónomo y con patrimonio propio, denominado Banco Central, cuya composición, organización, funciones y atribuciones determinará una ley orgánica constitucional, respetando en todo caso la paridad de género y funcionando en coordinación con la función ejecutiva del Estado”.
Además, agrega que “tendrá por objeto velar por la estabilidad de los precios, el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, y contribuir al desarrollo económico y social, promoviendo el pleno empleo y la diversificación productiva, sin perjuicio de las demás funciones que determine la ley”.
En otros aspectos la norma establece que no será potestad del ente rector el fomentar actividades económicas específicas ni ejercer actividades de banca comercial.
Por otro lado, indica que “sólo podrá efectuar operaciones con instituciones financieras, sean públicas o privadas. De manera alguna podrá otorgar a ellas su garantía, ni adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas”.
Y que “podrá comprar y vender, durante un período determinado, en el mercado secundario abierto, instrumentos de deuda emitidos por el Fisco, de conformidad a lo establecido en su ley orgánica constitucional”.
Norma de Movimiento Sociales
Otra norma fue presentada por convencionales de MSC (Movimientos Sociales Constituyentes), independientes y un miembro de pueblos originarios. La iniciativa también apunta a la autonomía del organismo y señala que deberá considerar el bienestar social y desarrollo del país dentro del ámbito de sus competencias. Además establece que tendrá que rendir cuenta al Presidente o Presidenta de la República y al Congreso.
Por otra parte, la norma establece que la gobernanza recaerá en el Consejo del Banco Central y que “la composición de este consejo será paritaria, descentralizada y plurinacional, contemplando la representación sindical y empresarial”.
Detalla además que “este consejo deberá velar porque las funciones del Banco Central se ejerzan en coordinación con la política económica general que defina democráticamente el país. Para ello conformará un espacio de coordinación formal con los ministerios de: Hacienda, Economía, Trabajo y Medioambiente”.
La propuesta establece que el ente rector tendrá dentro de sus funciones “proveer información acerca de la situación económica y financiera de la economía. Deberá considerar para ello la dimensión medioambiental (stock inicial y final de bienes naturales), de género, empleo y desarrollo económico de largo plazo”.
Norma de parte de Vamos Por Chile, PC e independientes
La tercera iniciativa tiene un apoyo más transversal, ya que dentro de los firmantes hay del bloque de Vamos por Chile, PC, Pueblos Originarios e Independientes. También apunta a la autonomía del organismo, presupuesto propio y total independencia del poder político.
El articulado de la propuesta establece que “tendrá a su disposición los instrumentos de política monetaria, los cuales aplicará con miras a contribuir al bien común, al bienestar social y al sano desarrollo de la economía”.
“El Banco Central velará por la estabilidad de la moneda y la eficacia del sistema financiero, custodiando el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. En la fundamentación de sus decisiones, el Banco Central deberá considerar aspectos como el cambio climático, la sostenibilidad ambiental, el empleo y el nivel de endeudamiento público y privado”
La dirección y administración superior del Banco estará a cargo del Consejo del Banco Central, al que le corresponderá ejercer las atribuciones y cumplir con las funciones que la ley le encomiende. El Consejo estará compuesto por siete miembros que serán designados por el Presidente de la República con el acuerdo de la mayoría absoluta de los integrantes de la Cámara Plurinacional. Los consejeros durarán en sus cargos 7 años, mientras que el presidente tendrá un periodo de 3 años, y podrá ser reelegida como máximo por dos veces consecutivas.
La iniciativa establece que los consejeros no podrán ser objeto de acusación constitucional, pero podrían ser removidos por el presidente de la República con el acuerdo del congreso, siempre y cuando haya un incumplimiento grave y manifiesto de sus funciones.
Por último establece que “sólo podrá efectuar operaciones con instituciones financieras, sean estas públicas o privadas. Sin embargo, no podrá otorgar a ellas su garantía, ni adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas”. y agrega que “las demás normas sobre composición, organización, funciones y atribuciones del Banco Central se establecerán en una ley”.
Norma Independientes No Neutrales
La cuarta iniciativa presentada por convencionales es del colectivo Independientes No Neutrales y un miembro del colectivo del Apruebo. Al igual que el resto de las normas, apunta a mantener la autonomía del Banco Central, su carácter técnico, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Indica que es velar por la estabilidad de precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos.
El articulado señala que “el Banco Central tiene como atribuciones la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en circulación, la ejecución de operaciones de crédito y cambios internacionales, como, asimismo, la dictación de normas en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales”. Y agrega que “sólo podrá efectuar operaciones con instituciones financieras, sean públicas o privadas. De manera alguna podrá otorgar a ellas su garantía, ni adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas”.
Establece además que la administración y dirección de la entidad estará a cargo de un Consejo, integrado paritariamente por 9 miembros. El cargo durará 10 años y no podrán ser reelegidos. El Consejo elegirá a su presidente o presidenta, quien estará en su cargo por 5 años.
En cuanto a la destitución de los consejeros, la norma indica que “los miembros del Consejo podrán serán destituidos de sus cargos por resolución de la mayoría absoluta del pleno del Tribunal Supremo de Justicia, previa petición de la mayoría de quienes ejerzan como consejeros del Banco o de un tercio de los parlamentarios en ejercicio, conforme al procedimiento que establezca la ley”. Esto solo podrá llevarse a cabo en caso de que el consejero incurriera en faltas graves a la probidad o incurrir en alguna prohibición o incompatibilidad establecida en la ley o en la Constitución.
Norma Colectivo Socialista
La última de las normas presentadas por convencionales, corresponde a una firmada por miembros del Colectivo Socialista, Apruebo Dignidad. Mantiene la autonomía del Banco Central, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Será de carácter técnico y deberá formular y conducir la política monetaria.
“Le corresponderá en especial al Banco Central, para contribuir al bienestar de la población, velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, en coordinación con las principales orientaciones de política económica definidas con el Gobierno”, dice uno de los artículos de la propuesta que será revisada.
Detalla además que “sólo podrá efectuar operaciones con instituciones financieras, sean éstas públicas o privadas. De ninguna manera podrá otorgar a ellas su garantía, ni adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas”.
También establece que la dirección y administración estará a cargo del Consejo. Estará constituido por siete consejeros, designados por el Presidente de la República con acuerdo de la mayoría absoluta de los diputados y diputadas en ejercicio. Durarán siete años en el cargo, y podrán ser designados para el periodo siguiente. El presidente del Consejo será designado por el Mandatario y durará 3 años en el cargo, o el tiempo que le quede como consejero.
Por último indica que “los Consejeros cesarán en sus funciones por la causales objetivas que establezca esta Constitución y la ley”.
Iniciativa Polular “Banco Central Autónomo”
Dentro de las normas que serán deliberadas está la Iniciativa Popular de Norma denominada “Banco Central Autónomo”. Esta contó con el respaldo de más de 37 mil personas. Apunta a un organismo autónomo y técnico y que sus decisiones no dependan del gobierno de turno.
“Buscamos que se establezca como objetivo central el control de la inflación (estabilidad de la moneda) y la estabilidad financiera. Prohibir que el BC realice préstamos al Estado o financie el gasto público a través de créditos directos o indirectos. Excepto en situaciones excepcionales y transitorias”, dice la iniciativa.
Agregan además que “para modernizarlo, incluimos consideraciones propias del siglo XXI, como son el cambio climático, sostenibilidad ambiental y el empleo para así lograr su función principal de estabilidad monetaria y financiera. Dichas consideraciones no implican metas u objetivos, pero son relevantes al deliberar sobre sus funciones. Adicionalmente, su estructura organizacional deberá buscar la plena incorporación de la mujer, especialmente en el Consejo y alta gerencia”.
Apunta además a que los miembros del consejo directivo sean autónomos para tomar las decisiones técnicas, y que se deberán establecer mecanismos de remoción por causales jurídicas establecidas.