La Mutualidad de Carabineros (Mutucar) no es la única corporación sin fines de lucro que presta servicios de aseguradora a los funcionarios públicos que se ha visto envuelta en peleas judiciales para que los exconsejeros devuelvan dinero percibido indebidamente. De hecho, en una situación de aún mayor controversia se encuentra la Mutualidad del Ejército y Aviación, entidad a la que el Ministerio de Justicia le ordenó formalmente que sus exconsejeros devolvieran ese dinero el 15 de enero pasado.

Esta situación se da luego de que la Contraloría estableciera en 2018 que los consejeros de las mutualidades de Carabineros, Ejército y Aviación y de la Armada (llamada formalmente Mutual de Seguros de Chile), no pueden recibir dinero de parte de estas corporaciones. “Quienes representen a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad ante la mutualidad respectiva, lo hacen exclusivamente por el hecho de ejercer un cargo público en esas instituciones, lo que no puede traducirse en un beneficio económico”, dice el dictamen. Además, a raíz de una solicitud del diputado PS Leonardo Soto, de julio de 2017, para que se fiscalice si los consejeros de estas mutualidades recibieron dinero, el Ministerio de Justicia ordenó este año a las tres mutualidades devolver esos montos. También existe una investigación en la fiscalía por este mismo tema.

A raíz de esto, a diferencia de la Mutucar -que acató lo ordenado por Justicia y pidió a sus exconsejeros devolver ese dinero-, la Mutualidad del Ejército no solo se negó a cumplir lo instruido, sino que también pidió a un tribunal, mediante la presentación de una demanda civil en contra del Estado, que se establezca que ellos no pueden ser fiscalizados por el Ministerio de Justicia.

La demanda en juicio ordinario de mayor cuantía fue ingresada el 18 de febrero pasado ante el 17 Juzgado Civil de Santiago en contra del Fisco, “representado por el presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE) Juan Antonio Peribonio (...) con motivo de los hechos y circunstancias que indico, comportamientos todos ilegales en los que ha cabido directa intervención al subsecretario del Ministerio de Justicia, Sebastián Valenzuela”, dice la acción legal.

De acuerdo a este documento, presentado por el abogado Raúl Tabolari, se pide al tribunal que declare que “la Subsecretaría de Justicia ha actuado fuera del ámbito de su competencia” al fiscalizarlos como aseguradora e impartirles instrucciones. Además, establecer que la mutualidad “está autorizada para pagar remuneración a quienes se desempeñen como consejeros en la institución”. Asimismo, pide que se resuelva que “las remuneraciones ya pagadas a los consejeros de la mutualidad por el desempeño de sus funciones, son pagos válidos” y que se condene en costas al Fisco.

Así, el 25 de mayo pasado, el CDE respondió a la demanda y cuestionó los argumentos de Tavolari para requerir la acción de nulidad. “Al examinar la demanda se logra constatar que lo pretendido detrás de una intrincada explicación es simplemente reducir la intensidad y ámbito de la fiscalización a la que está sometida la entidad demandante, lo que ineludiblemente traería como consecuencia la generación de espacios o áreas desprovistas de control por parte de la autoridad (...) Demostraremos que la actuación de la Subsecretaría de Justicia se ajustó plenamente a la juridicidad, tanto en la forma como en el fondo”, dice el documento.

Asimismo, según el CDE, el ministerio “tiene plenas facultades de fiscalización tanto respecto de las corporaciones como de las fundaciones, en esto no hay debate”. También rebate lo que sostiene Tavolari, en relación que la mutualidad es una corporación ‘creada por ley’ y sujeta a un régimen ‘especial’, razón por la cual no se regiría por las reglas del Título XXXIII del Libro I del Código Civil”. De acuerdo al CDE, esto no se ajusta a lo señalado en el artículo 545 del mismos código.

Aparte, el 5 de julio pasado la abogada del CDE Ruth Isarel, respondió en una reposición que luego de que el 2 de julio se citara a las partes a una audiencia de conciliación, ese trámite es improcedente en este juicio: “Cualquier posibilidad de transacción o avenimiento debe someterse a la tramitación prevista en el artículo 7o del D.F.L. No 1/1993 (Hacienda) que contiene la ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado y aprobarse por el quórum de 3⁄4 partes de los miembros en ejercicio del Consejo.”

Al respecto, el diputado Soto señaló que “ante el silencio y complacencia del Ministerio de Defensa las corporaciones de las FF.AA. todavía siguen resistiéndose a exigir la restitución de estos dineros, con una actitud propia de quienes no tienen ningún escrúpulo por el daño causado ni compromiso con la probidad. Afortunadamente el cerco se está estrechando sobre estos mecanismos de sobresueldos de los altos mandos militares y si no responden al Ministerio de Justicia, deberán responder ante la justicia penal y ante los miles de funcionarios subalternos que los financiaron sin conocer el uso ilegal de sus descuentos”.

Armada

A diferencia de la Mutualidad del Ejército, la de la Armada no ha presentado una demanda civil luego de que el gobierno les exigiera que sus exconsejeros también devolvieran el dinero.

Sin embargo, según informó el subsecretario de Justicia, Sebastián Valenzuela, en un oficio enviado a la Cámara el 7 de julio pasado -previa petición del diputado Soto-, la corporación vinculada a la Marina le señaló que en la sesión del 4 de febrero de 2021, “el consejo directivo resolvió encomendar el análisis del mismo a terceros independientes de reconocido prestigio profesional”.

De acuerdo al subsecretario Valenzuela, ante la insuficiencia de la respuesta de la mutual de la Armada, el 16 de junio le pidieron informar de forma más específica el estado de avance de cumplimiento, pero la respuesta aún se encontraba pendiente.