Normas más claras y nuevos delitos y penas: la histórica reforma del Papa Francisco al Código de Derecho Canónico
El reforma, la primera de esta envergadura en 40 años, califica el abuso contra menores como “un delito contra la dignidad humana”. El texto se adapta a las nuevas circunstancias y contextos que enfrenta la Iglesia Católica en la actualidad.
“Promulgo el texto (...) con la esperanza de que resulte un instrumento para el bien de las almas y sus prescripciones, cuando sea necesario, sean puestas en práctica por los pastores con justicia y misericordia, conscientes de que forma parte de su ministerio, como un deber de justicia -eminente virtud cardinal-, imponer penas cuando lo exija el bien de los fieles”, dijo el Papa Francisco sobre la histórica reforma al Código de Derecho Canónico anunciada el martes, la primera de esta envergadura en 40 años, que endurece las sanciones para los abusos a menores y a mayores en situaciones de vulnerabilidad.
El nuevo Libro VI del Código de Derecho Canónico resultó del trabajo realizado por el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos a partir del 2007, cuando el entonces Papa Benedicto XVI le encargó revisar la normativa penal del Código de 1983, promulgado por Juan Pablo II. De los 89 cánones que hay en el Libro VI, 63 se modificaron, nueve se cambiaron de lugar y 17 se quedaron con su redacción y ubicación originales.
La modificación incluye un artículo que define la pederastia como “un delito contra la dignidad humana” que puede derivar en la expulsión del estado clerical. Aunque esta medida había sido solicitada por las víctimas durante décadas, hasta ahora cada caso quedaba a criterio del Papa.
Lo que hace la reforma es organizar dentro del nuevo código todos los avances legales que se habían logrado en los últimos meses, especialmente tras la cumbre contra los abusos celebrada en el Vaticano en 2019.
La gran novedad es que el documento equipara el abuso a menores con el de determinados mayores de edad. Por ejemplo, si se considerara que hay abuso de poder por parte de un clérigo sobre otra persona con fines sexuales, se aplicarían los mismos criterios que rigen para los menores.
Esta modificación se hace cargo del problema de los abusos en seminarios -donde los alumnos son mayores de edad- que se encuentra en la base de los últimos grandes escándalos de la Iglesia.
El nuevo Código regirá desde el próximo 8 de diciembre, con el objetivo de dar tiempo a las diócesis para estudiarlo. Lo que hace, principalmente, es especificar de forma más clara los delitos, separar algunos que estaban agrupados en la misma categoría, y enumerar las sanciones con mayor claridad y especificidad.
También se establece la posibilidad de suspender y sancionar a todos los fieles que tengan algún tipo de responsabilidad en la Iglesia y cometan un delito de abuso, aunque sólo sean ayudantes. Así, el nuevo código ya no sólo aplicará a clérigos, sino también a fundadores laicos de movimientos religiosos o administradores de iglesias, por ejemplo.
Este cambio habría sido de gran utilidad en muchos de los grandes escándalos de la Iglesia en los últimos años, que permanecieron impunes a falta de herramientas para juzgarlos.
El Código de Derecho Canónico entró en vigor en 1983, y desde entonces no se había hecho ninguna reforma de esta magnitud. El documento original salió después del Concilio Vaticano II y generó críticas de quienes pensaban que no era necesario que la Iglesia tuviera un código como ese.
El Papa Francisco había dicho que era “evidente” que el texto necesitaba cambios. “Muchos han sido los daños que ocasionó en el pasado la falta de comprensión de la relación íntima que existe en la Iglesia entre el ejercicio de la caridad y la actuación de la disciplina sancionadora”, señaló el Pontífice.
El nuevo código incorpora sanciones económicas para los abusadores, que pueden traducirse en reducciones de sueldo o multas. También agrega delitos como el intento de ordenar a mujeres -que es castigado con la excomunión-, dejar registro de las confesiones, la consagración eucarística con fines sacrílegos, la corrupción en actos de oficio y la administración de sacramentos a personas que los tienen prohibidos.
También se puso énfasis en la tipificación de los delitos económicos, como la transferencia de bienes eclesiásticos sin las consultas necesarias, delitos patrimoniales cometidos por una mala gestión o la malversación de fondos.
“El texto determina con mayor precisión el comportamiento que deben tener las autoridades, los obispos, los superiores, cuando deben aplicar la norma y los criterios que deben seguir para elegir una pena u otra, una determinación del derecho penal de la que antes se carecía”, dijo Juan Ignacio Arrieta, secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, en una entrevista con los medios del Vaticano.
En palabras de Francisco, ahora habrá “criterios objetivos en la identificación de la pena más adecuada a aplicar en el caso concreto”, reduciendo la influencia de la autoridad, “especialmente para los delitos que causan mayor daño y escándalo en la comunidad”.
La reforma es la culminación de un proceso para cambiar el enfoque de la Iglesia hacia la cuestión de los abusos, tema en el que el viaje a Chile en 2018 fue un punto de inflexión para el Pontífice, según destacó el diario español El País. Luego de esa visita empezó un proceso de reforma y purga, que derivó en la caída de toda la cúpula eclesiástica chilena.
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