El pasado 19 de agosto, Inversiones Santa Filomena Limitada y Lucec Tres S.A, integrantes del grupo Auguri de propiedad de Cecilia Karlezi Solari, cuestionaron duramente el requerimiento que presentó un grupo de ex directores de Clínica Las Condes ante el Tribunal Constitucional (TC) a raíz de una millonaria disputa contable.
El requerimiento de inaplicabilidad constitucional presentado por el ex presidente del directorio de CLC, Andrés Navarro, junto a ex miembros de la mesa, como Francisco Silva, Carlos Schnapp, Jorge Rufs, Alfredo Misraji y Alberto Eguiguren, además del ex gerente general, Jaime Mañalich, busca que se declare la inaplicabilidad del artículo 4 N° 10 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas (LSA) en el marco del conflicto con Karlezi. Según ellos, dicho artículo “no resulta aplicable a este caso, entre otras cosas, porque la acción derivativa que buscan ejercer los solicitantes no da origen a una diferencia entre los accionistas y la administración social, sino a una entre la sociedad y su administración, y ésta no es una materia sometida a arbitraje forzoso por ese artículo”.
En su presentación, las sociedades de Karlezi, representadas por el abogado y socio de Bofill, Escobar y Silva, Sebastián Yanine solicitaron al tribunal que la acción sea declarada inadmisible, puesto que la normativa ya fue aplicada por las sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 28 de agosto de 2020. El tribunal de alzada en su fallo resolvió que el 12° Juzgado Civil de Santiago debe designar un árbitro para resolver las diferencias entre ambos grupos y el pasado 20 de junio de 2022 se designó a Emilio Pfeffer.
Se trata de un arbitraje forzoso, según explicaron Inversiones Santa Filomena Limitada y Lucec Tres S.A., y “la excesiva demora en el inicio del arbitraje se explica en la multiplicidad de infundadas y dilatorias alegaciones deducidas por los solicitados y especialmente por los requirentes de esta sede, las cuales fueron rechazadas por la Corte de Apelaciones de Santiago, que calificó de insólita la discusión planteada por los ahora requirentes”.
Las mismas sociedades representadas por Cecilia Karlezi calificaron la acción presentada por los ex directores de CLC como una “maniobra más, cuyo oportunismo es evidente si se atiende al momento procesal en que se ha utilizado”. Según el mismo escrito, requerimiento en el TC busca bloquear el acceso de Inversiones Santa Filomena Limitada y Lucec Tres S.A al juez árbitro.
El origen del conflicto
El 23 de noviembre de 2018, Inversiones Santa Filomena Limitada y Lucec Tres S.A. -actuales controladoras de CLC- presentaron ante el 12º Juzgado Civil de Santiago una demanda en la que solicitaron la designación de un árbitro para resolver las diferencias con ex miembros del directorio y la administración de la compañía.
En aquella presentación, ambas sociedades aseguraron poseer en conjunto más del 18% de la propiedad accionaria de Clínica Las Condes S.A.
En su presentación, explicó que el 11 de enero de 2017, la administración de CLC comunicó al mercado que habían detectado “diferencias de arrastre en la contabilidad a partir del año 2008″ que correspondían a tres partidas: pasivo no registrado por $ 7.185 millones; diferencias de inventario por $ 2.729 millones; y contabilización en exceso de cuentas por cobrar al sistema público de salud por $ 2.494 millones. Es decir, un total acumulado de más de $ 12.000 millones.
Dos días después, por medio de un hecho esencial, la sociedad anunció la contratación de PricewaterhouseCooper para efectuar una auditoría sobre las diferencias contables. Posteriormente, CLC informó que el pasivo mal registrado ascendía al valor de $ 7.073 millones. Asimismo, acotó que la misma auditora precisó que la diferencia en el inventario de la compañía era de $1.131 millones. De igual manera, sostuvo que el registro contable de las cuentas por cobrar al sistema público eran de $2.468 millones.
Según solicitud de arbitraje, “luego de la junta de accionistas de abril de 2017, en la que se aseguraba que a PwC se le había encargado determinar el origen y las causas basales de las diferencias contables, los accionistas de la sociedad no tuvieron noticia respecto de las conclusiones de tal encargo. A pesar de la magnitud de dichas diferencias -más de diez mil millones de pesos-, la Clínica no anunció ni las conclusiones de tal investigación ni medidas para perseguir las responsabilidades de quienes hubieren ocasionado dichas pérdidas”.