La ANFP se incendia por todos lados. Uno de los focos es la expulsión de Deportes Melipilla por dobles contratos. Otro es la multimillonaria demanda que Turner International Latin America (TILA), propietaria de TNT Sports, interpuso en su contra en la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), ante el árbitro Enrique Barros Bourie.
El conglomerado estadounidense reclama una indemnización de $ 44.750 millones, por los partidos que no se jugaron en 2019 y por los meses donde no hubo fútbol en 2020, hechos que le provocaron importantes perjuicios económicos al principal socio comercial de la entidad que preside Pablo Milad, que hoy sufre por los conflictos de escritorio en la industria.
Turner basa su postura en el contrato de licencia que ambas partes firmaron el 20 de diciembre de 2018. Según la señal, la ANFP se garantizó en el documento que todos los partidos del torneo se tienen que disputar, y que, si uno o más no se jugasen al término del campeonato, entonces el CDF está facultado y le corresponde perseguir una indemnización. Además, también se comprometió a cumplir el mínimo de programación: 30 semanas de fútbol por, al menos, 10 meses, establecido en el Anexo II del acuerdo. Esto, con el fin de mantener el interés en el producto durante todo el año.
Los abogados de la gigante norteamericana, encabezados por Felipe Bulnes, ex ministro de Educación y de Justicia, basan su posición en dos cláusulas que consideran trascendentales, además del Anexo II. Estos puntos señalan lo siguiente:
“Cláusula 4.5: Si por alguna razón, incluida, entre otras, una huelga de los jugadores de fútbol de los clubes que participan en el torneo correspondiente, no se juega uno o más partidos de un torneo relevante comprendido dentro de los Derechos de Transmisión, entonces la ANFP deberá entregar al CDF, dentro de los treinta (30) días siguientes a partir de la cancelación o suspensión de tal(es) partido(s), el nuevo cronograma de juego de los partidos relevantes (es decir, el mismo partido que se canceló o suspendió) y cualquier ajuste consecuente del calendario u organigrama del torneo que pueda ser requerido. Si, al final del torneo relevante, no se jugaron uno o más partidos, y tal circunstancia ocasionó pérdidas al CDF, entonces el CDF tendrán derecho a solicitar la indemnización por dichas Pérdidas según lo dispuesto en la Cláusula 12″.
“Cláusula 5.2.1: La ANFP garantiza al CDF el ejercicio pacífico y pleno de los Derechos de Transmisión. Para estos fines, la ANFP se compromete a organizar el Torneo de Fútbol Profesional de Chile y/o las Copas de Fútbol de Chile cada año durante el Período de la Licencia sujeto a los requisitos mínimos establecidos en el Anexo II. Para evitar dudas, la ANFP garantiza al CDF que se jugarán todos los partidos de cada torneo incluidos en los Derechos de Transmisión, sujeto a las disposiciones de los Estatutos y las bases de cada torneo”.
“Anexo II, Compromisos mínimos de programación: El formato del torneo de fútbol de la Primera División será definido por la ANFP en consulta con el CDF y teniendo en cuenta la necesidad de mantener el interés durante todo el año en un producto de suscripción. Para ese fin, el torneo incluirá un mínimo de 16 equipos y 30 semanas de partido durante al menos 10 meses, o un formato diferente acordado mutuamente por las partes. La ANFP también definirá los intervalos de tiempo específicos para los partidos en consulta con el CDF y teniendo en cuenta la programación y las necesidades operativas del canal, con un máximo de 2 partidos jugados simultáneamente a menos que sea necesario por razones competitivas”.
De esta forma, Turner sostiene que la discusión no es si la ANFP se vio afectada o no por estallido social y la pandemia. Para la cadena, el fondo del asunto es que la sede de Quilín se obligó, por contrato, a indemnizarlos, si por alguna razón no se jugaban todos los partidos de un torneo y esto le ocasionaba perjuicios económicos al CDF. Asimismo, afirma que tampoco cumplió con el mínimo de programación en 2020, pues hubo casi seis meses sin fútbol, por lo que no se pudo llegar a los 10 meses de partidos, independientemente de la crisis sanitaria.
Turner señala que, pese a encontrarse en una delicada situación económica por culpa de la falta de contenido y el no pago de los cableoperadores, siguió depositando, sin falta, los $ 6.200 millones de la cuota mensual que se reparten los clubes de Primera División y Primera B.
La dura carta de Jorge Carey a Sebastián Moreno
En diciembre de 2019, cuando Sebastián Moreno encabezaba la ANFP, este estuvo a punto de llegar a un acuerdo de indemnización con el CDF. El trato implicaba un descuento en la cuota mensual de los clubes, durante uno o dos años, a partir de 2022. Así, ambas partes superarían el primer conflicto de la relación.
Sin embargo, los clubes no estuvieron dispuestos y rechazaron la propuesta encaminada por Moreno. ¿Qué ocurrió? Formaron la comisión CDF para negociar con la empresa de televisión. Esto provocó la molestia de Jorge Carey, presidente ejecutivo de Turner en Chile, quien le envió una dura carta a Moreno, el extimonel de Quilín.
Una vez que la comisión CDF tomó forma, se reunió varias veces con Turner para negociar. Así como la estación reclamaba incumplimiento de contrato por parte de la ANFP, el grupo de directivos hacía lo propio contra el canal. Como nunca llegaron a un acuerdo, el conglomerado decidió llevar al ente rector del fútbol chileno a un arbitraje en la Cámara de Comercio de Santiago. Así se llegó a la situación actual.
Hoy, la ANFP argumenta causa fortuita, es decir, sostiene que no es responsable de las pérdidas de su socio comercial por razones de fuerza mayor, como fueron el estallido social y la pandemia. Además, Gabriel Zaliasnik, abogado que representa a la asociación, acusa al CDF de una serie de incumplimientos de contrato, por lo que exige una indemización de 28.100 millones de pesos.
Las principales faltas que reclama tienen que ver con las siguientes obligaciones: Cumplir con las condiciones mínimas de transmisión – Primera B; cumplir con las condiciones mínimas de transmisión-TV abierta; cumplir con la promoción y publicidad de los clubes; cumplir con el pago oportuno del precio del contrato en tiempo y forma; cumplir con las condiciones mínimas de transmisión contenidas en el Anexo I; cooperar con la ANFP en el desarrollo de los calendarios, organigramas y programación; no relacionarse directamente con clubes de fútbol ni con el sindicato de trabajadores, manteniendo comunicaciones directas y exclusivas con la ANFP; cumplir con todas las leyes aplicables a su negocio; no conceder a ningún tercero derechos más favorables u otros derechos o facultades distintas de aquellas otorgadas al CDF en virtud del contrato; indemnizar, mantener indemne y eximir de responsabilidad a la ANFP, de cada una de las pérdidas incurridas en virtud de cualquier incumplimiento del contrato, entre otras.
Son tiempos complejos complejos para la ANFP y el fútbol chileno, en general, tanto por los líos extradeportivos como por la crisis económica desatada por la pandemia de Covid-19. Un escenario que dependerá muchísimo de la resolución del conflicto judicial más grande que haya enfrentado la asociación durante su historia.