El Ministerio Público comunicó a todos los persecutores del país que aquellas personas que infrinjan el confinamiento quedarán "bajo apercibimiento del art.26 del Código Procesal Penal, para requerir al imputado en un momento posterior”. En caso de reiteración del ilícito, se procederá a formalizar y solicitar como cautelar "al menos la prohibición de salir de la comuna o territorio de la cuarentena".
27 mar 2020 10:33 AM