En el primer día de juicio en el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago por el caso Pío Nono, el abogado Alejandro Peña, defensor de Sebastián Zamora, insistió en la inocencia del excarabinero acusado de homicidio frustrado por la Fiscalía Metropolitana Centro Norte.

El caso se remonta al 2 de octubre de 2020. Esa jornada, a eso de las 19.30 horas, en el puente Pío Nono, un joven de 16 años entonces, identificado como A. A. J. A (16) cayó 7,4 metros al río Mapocho, cuando iba a ser detenido por Zamora.

Según la acusación del Ministerio Público, que leyó magistrada Patricia Bründl, el funcionario de Fuerzas Especiales de Carabineros el día de los hechos “se abalanza en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos e impulsándolo de tal forma que lo eleva sobre la baranda en cuestión, y lo hace caer de cabeza hacia el río”.

Comienza el juicio oral contra el excarabinero Sebastián Zamora por el caso Pío Nono. Foto: Jonnathan Oyarzún / Aton Chile.

Peña afirmó que “lo que en realidad se reprocha por los acusadores es decir, el corazón de la imputación es la utilización de la técnica de reducción o detención de personas en desplazamiento”.

“Este es el corazón del juicio. El actuar del carabinero Zamora es el mismo que han utilizado y utilizan los carabineros que están territorialmente presentes en las calles de nuestro país. Sebastián Zamora ese 2 de octubre del 2020 procedía a detener a una persona que cometía reiterados ataques a carabineros con elementos contundentes y que su intención fue la de atrapar a un sujeto que cometía delitos pero jamás, intentar asesinar a un joven lanzándolo por el puente”, sostuvo.

Luego, Peña criticó la indagatoria que encabezó la fiscal Ximena Chong.

Comienza el juicio oral contra el excarabinero Sebastián Zamora por el caso Pío Nono. Foto: Jonnathan Oyarzún / Aton Chile.

“En cuanto a la investigación que llevó a cabo la Fiscalía. Sostenemos que fue una investigación parcial, carente de objetividad. No tuvo Sebastián Zamora una investigación racional y justa. Y esto lo sostenemos porque, primero, la Fiscalía esgrimió antecedentes importantes, incorrectos o mendaces para obtener del juez de garantía una orden de detención para formalización”, afirmó el otrora persecutor.

Peña además cuestionó que el Ministerio Público archivara la indagatoria contra el adolescente.

“Segunda razón por la que consideramos que esta investigación no fue una investigación racional y justa: la fiscalía se abstuvo de investigar los delitos que cometía la persona que cae en el lecho del río. Optó por investigar y acusar al carabinero que estaba obligado a detener al infractor de ley”, expuso.

El abogado manifestó que su contraparte “no imputa ninguna conducta clara, determinada y precisa acerca de cómo se produce o de qué manera” el carabinero Zamora eleva a la víctima sobre la baranda del puente y aseguró que “la fiscalía ha omitido toda pericia acerca de la dinámica del accidente” y “no se efectuó ninguna diligencia de reconstitución de escena respecto a las pericias”.

“Entendemos en forma metafórica también que a la fiscalía en este caso le afectó el síndrome de la visión de túnel, una afección en la que la visión central es evidente pero la visión lateral falta o está distorsionada. En la academia, en lo que nos interesa, todo lo anterior se conoce como sesgo de confirmación o sesgo de corroboración. Que es la tendencia a favorecer, buscar, interpretar, recordar la información. Que confirma sus propias creencias o hipótesis, dando desproporcionadamente menos consideración a posibles alternativas. Este es un típico sesgo cognitivo y un error sistemático de razonamiento inductivo. Omite de esta manera cualquier diligencia que pudiese ampliar las distintas hipótesis posibles”, argumentó.