Cerca de las 10.45 de este miércoles, se dio inicio a la formalización del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, en el marco del ‘caso Farmacias Populares’, donde se le imputan los delitos de cohecho, fraude al Fisco, administración desleal y estafa. En la instancia judicial, el fiscal Xavier Armendáriz, persecutor jefe de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, intervino para detallar las imputaciones del jefe comunal.

La indagatoria está centrada la comisión de delitos en el contexto de una serie de convenios entre la empresa Best Quality SPA, vendedores de insumos médicos, y la Asociación Chilena de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp). En ese contexto, el persecutor entregó una serie de antecedentes respecto a de la labor de Achifarp, entidad que describió como pública sujeta a control. Además, se detalló su organización, liderada por estatutos por un alcalde.

29/05/2024 formalización de Daniel Jadue. Foto: Mario Téllez / La Tercera.

Sobre la imputación de un delito de administración desleal, Armendáriz explicó que entre 2020 y 2022, Jadue, en su calidad de presidente de la Achifarp, habría “concertado con los imputados Raúl Daniel Moraga Lagarrigue y José Matías Muñoz Becerra, en su calidad de secretarios ejecutivos de la Achifarp, teniendo a su cargo la gestión y salvaguarda del patrimonio social, realizaron una serie de actuaciones, ejerciendo abusivamente sus facultades, toda vez que actuaron sin autorización ni conocimiento del directorio ni el resto de los socios, contraviniendo el objeto y fines de Achifarp”.

El Ministerio Público describió operaciones del secretario ejecutivo de la Achifarp, José Muñoz, quien habría comprado mercadería que quedó en bodegas, generando deudas y morosidad. La fiscalía apunta a la falta de control y fiscalización de esas operaciones, la validación de las mismas y la ausencia de acciones correctivas, infringiendo un perjuicio económico a la asociación que encabezaba Jadue.

Asimismo, Armendáriz responsabilizó a Jadue y a Muñoz de la situación crítica de Achifarp. “Actuaron de manera manifiestamente contraria a los intereses de la asociación y omitieron la realización de acciones necesarias de control y fiscalización para la salvaguarda del patrimonio social, vulnerando sus obligaciones de velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la asociación”, sentenció.

Además, acusó que ambos “aumentaron de manera excesiva los gastos en pagos de sueldos, remuneraciones y honorarios de los trabajadores de la Achifarp, sin contar con un plan de actividades en cumplimiento de sus fines y objetivos de la asociación y sin conocimiento del directorio”.

29/05/2024 Formalización de Daniel Jadue. Foto: Mario Téllez / La Tercera.

Respecto a los delitos de cohecho, Armendáriz señaló que entre junio y julio del año 2020 en la empresa Best Quality SpA y la Achifarp, se realizaron “varias conductas constitutivas de delito de cohecho”.

En ese sentido, explicó que uno de los trabajadores de dicha empresa distribuidora de mascarillas e insumos médicos, en una declaración judicial aseguró que Daniel Jadue les habría solicitado un “bono” adicional de productos a cambio de dejarlos como “proveedores estrella” de la asociación de farmacias que lideraba el alcalde.

El fiscal Armendáriz aseguró que Jadue, en su calidad de alcalde de Recoleta,” infringiendo las obligaciones legales de dirección, administración y supervigilancia del funcionamiento municipal y especialmente de resguardo de los fondos encomendados para el desempeño del municipio, y concertado con el imputado José Matías Muñoz Becerra y los funcionarios municipales María Eugenia Chadwick Sendra y Eduardo Carmelo Sendra Arratia, realizaron diversas operaciones para defraudar a la Municipalidad de Recoleta, aprovechándose de la participación del municipio como asociado en la Achifarp”.

Dichas operaciones fraudulentas serían tres, una de ellas por el convenio con la Universidad de Concepción para producir el medicamento Interferón.

Al finalizar la exposición del fiscal, la audiencia tomó un receso de cinco minutos.