El gobierno esperaba ingresar durante este martes el proyecto de ley -FES- que moderniza el sistema de financiamiento de la educación superior, deja atrás el Crédito con Aval del Estado (CAE) y condona parcialmente las deudas educativas.

Dentro de las disposiciones transitorias de la iniciativa que ya fue firmada por el Presidente Gabriel Boric, viene un plan de reorganización y condonación de deudas educativas, que abarca a los deudores del CAE, Corfo y el Fondo Solidario.

Pero ¿cómo y a quiénes beneficiará?

La Tercera tuvo acceso al proyecto y lo primero que se define en el plan es que será voluntario para los deudores y año a año las personas deberán renovar su decisión. Eso sí, habrá quienes no podrán negarse: aquellos a los que se les ejecutó o se les vaya ejecutando la garantía estatal del CAE. A todos ellos se les ofrecerán nuevas -y mejores- condiciones.

Para esto habrá pasos que dar. Lo primero es ingresar al plan. Luego cada persona será categorizada en uno de los cuatro perfiles de deudor: desertores con y sin cuotas pendientes, y egresados con y sin cuotas pendientes. Cada uno de esos perfiles tiene un monto base de condonación en UF. En el caso de la persona que no terminó sus estudios y está al día son 60; la persona que no terminó sus estudios y está en mora son 30; la persona que egresó y está al día son 40, y la persona que egresó y está en mora son 20.

Ese número basal se ingresa en una ecuación que aquí se intenta explicar: las UF de monto basal de descuento de cada persona se multiplicará por la “cuota base” de cada deudor. Esa cuota base es la división entre las cuotas que lleva pagadas por las que originalmente había pactado. A ese resultado hay que sumarle una unidad (1). Toda esa ecuación entrega el monto de condonación inicial de cada persona.

Un ejemplo: un deudor egresado con cuotas al día tendría que multiplicar sus 40 UF de monto base de condonación por el resultado de la división entre sus cuotas pagadas (63, por ejemplo) y las pactadas originalmente (240, por ejemplo). A eso se suma la unidad (1), lo que da como resultado 50,5 UF. Ese sería, en este caso, su monto de condonación inicial.

Luego viene el tercer paso y final. Si es que el saldo es igual a cero, la persona automáticamente termina de pagar. Si el ingreso bruto mensual de la persona es menor o igual a $ 500.000 no se paga una cuota mensual, porque el proyecto establece que quienes ganen menos de 7,5 UTM estarán eximidos de pago, con otros tramos que sí lo hacen.

¿Y quiénes pagan? Si el ingreso bruto mensual es superior a 7,5 UTM la persona tendrá dos alternativas, aunque siempre se privilegiará la que represente la de menor valor. La alternativa 1 (valor A en la infografía) es el número que resulte al dividir la cifra del saldo tras la condonación inicial por el número de cuotas pendientes. Siguiendo el mismo ejemplo de párrafos anteriores habría que dividir 4.799.410 (saldo tras condonación inicial) por 177 (cuotas pendientes). Ese ejercicio da $ 27.115 de posible cuota mensual.

La alternativa 2 (valor B) es la cuota contingente al ingreso según los tramos definidos en el proyecto. En este caso, si la persona tuviera un sueldo -ejemplo- de $ 1.250.000, su porcentaje de descuento sería de 7% y su cuota quedaría en $ 87.500. En este sentido, como el proyecto establece que se privilegiará el menor valor entre las alternativas 1 y 2, la nueva cuota a pagar sería finalmente la de $ 27.115.

Tras todo el ejercicio y comparativamente entre pago de cuotas sin proyecto de condonación y con proyecto, la cuota pasaría de $ 41.859 mensual en la actualidad a $ 27.115 si el proyecto se aprueba tal cual. Y globalmente la deuda bajaría 50,5 UF.

De modo general el gobierno calcula que los descuentos irán de 20 a 120 UF.

Pero además del descuento para todos los deudores, también habrá un incentivo para quien pague anticipadamente un “cuotón”: aquellos que salden el total de su deuda en un solo pago verán un descuento adicional a su condonación inicial. Este descuento será la cuarta parte de la propuesta de condonación inicial y, quien pueda hacerlo, verá terminada su obligación para siempre.

Como se ha dicho, quienes adscriban al plan van a pasar a deberle al Estado un dinero que será calculado en cuotas, que no podrá exceder el 7% de los ingresos anuales y que tendrán que ser saldadas mensualmente con montos contingentes a las remuneraciones de la persona. Eso sí, para quienes ganen más de $ 3.000.000 su descuento será del 8% de su sueldo bruto. Y aquí, en línea con lo que se propondrá en el nuevo sistema de financiamiento, para asegurarse la recaudación se propone una retención mensual de dineros por medio del empleador. Estas retenciones también tendrán tramos.

El nuevo sistema

La condonación viene dentro de las disposiciones transitorias de un proyecto mayor que establece un nuevo instrumento de financiamiento público para estudios de nivel superior (FES), el que deja atrás el CAE, aparta a la banca y da paso a un sistema de contribución continuo de los beneficiarios.

Esto último será calculado en un monto anual y contingente a los ingresos de la persona que haya estudiado en alguna de las instituciones adscritas al nuevo sistema, con reglas no muy distintas a las que actualmente existen para aquellas casas de estudio que han decidido ser parte de la gratuidad.

Para establecer el monto que deberá “contribuir” anualmente cada beneficiario, el cálculo se hará sobre su renta total, con tramos establecidos en Unidades Tributarias Anuales (UTA). El Fisco recaudará esa contribución por medio de retenciones y los montos que mes a mes se retendrán se calcularán considerando Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Y ahí, quienes ganen menos de 7,5 UTM (casi $ 500.000) estarán exentos de retención. El segundo tramo de retención se calculará sobre la parte que exceda de 7,5 UTM y no sobrepase las 11,2 UTM, y será del 13%. Por ejemplo, si una persona gana $ 800.000, la parte que excede las 7,5 UTM ($ 500.000) son $ 300.000, por tanto su retención para cubrir la contribución es el 13% de esa diferencia, en cuyo caso sería $ 39.000. Con esa misma lógica, el tercer tramo de retención es sobre la parte que exceda las 11,2 UTM y su retención será el 15% de esa diferencia.

Sin perjuicio de lo anterior, dice la ley, el monto anual de contribución no puede exceder el 7% de la renta total del beneficiario, aunque el techo para las rentas que sobrepasen las 45 UTA ($ 3 millones mensuales) será del 8%. Ninguno de los cálculos tendrá intereses.

Las retenciones serán efectuadas por el empleador, con multas para este si aquello no ocurre. Para el caso de los independientes esto será descontado por medio de sus boletas, sumándose un 4% de retención. Y si la persona fuera pensionada, la ley establece que será la institución pagadora de la pensión la que tendrá que retener.

¿Y por cuánto tiempo deberá pagar la persona beneficiaria? El pago se comenzará a realizar un año después de que ésta ingrese al mundo laboral y los años a contribuir se calcularán multiplicando por dos la cantidad de semestres financiados con el nuevo sistema, aunque siempre con el principio de no superar los 20 años contribuyendo. Por ejemplo, si una persona estudió 8 semestres con este sistema, contribuirá durante 16 años ininterrumpidos, salvo algunas excepciones reguladas. Nadie podrá “acortar” el tiempo a contribuir.

Tal como se ha venido conversando, el nuevo sistema implica la regulación de aranceles, con los mismos criterios operantes para la gratuidad, aunque con algunas condiciones distintas para las instituciones, como que a los estudiantes pertenecientes al decil de mayores ingresos se les podrá cobrar un monto equivalente a la diferencia entre el arancel regulado y el arancel real de la institución.

Además, el nuevo sistema financiará un año extra a sus beneficiarios, aunque el 50% de ese año adicional, eximiendo a los estudiantes de pago. Esto es distinto a lo que ocurre actualmente con la gratuidad, que sólo financia la duración nominal de las carreras. Pasándose el beneficiario hasta en un año de ese adicional se le podrá cobrar hasta el 50% del arancel regulado y si también excede de ese año se le podría cobrar el total del arancel regulado, aunque para los estudiantes del decil de más ingresos este cobro será incluso mayor. Asimismo, los estudiantes podrán cambiarse de carrera una vez con ciertas condiciones.

El monto que recibirá cada institución de parte del Estado por concepto del nuevo sistema se calculará multiplicando los valores regulados de aranceles y derechos de matrícula, por el número de estudiantes adscritos al instrumento de financiamiento.

Otras disposiciones del proyecto

La propuesta establece que el sistema tendrá un reglamento que deberá ser redactado dentro de 12 meses desde publicada la ley y el nuevo sistema comenzaría a regir el año académico después de dictado el reglamento.

También habrá requisitos para que las instituciones accedan al nuevo sistema: tienen que estar acreditadas, constituidas como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, adscritas al Sistema de Acceso, aplicar políticas que promuevan el acceso equitativo de estudiantes y aplicar políticas de acompañamiento académico. Las casas de estudios que opten por ser parte del sistema tendrán hasta el 30 de abril de cada año para solicitarlo a la Subsecretaría de Educación Superior y una vez acogidos, se les otorgará el financiamiento desde el año siguiente. Todas las instituciones, menos las estatales, podrán desinscribirse del sistema.

La iniciativa establece un tema novedoso: exigencias en materias de información pública a las instituciones que se adscriban. Para ello, se detalla que deberán mantener a disposición en sus sitios web su estructura organizacional, la planta de personas con sus remuneraciones o las transferencias de fondos públicos o donaciones que perciban. No cumplir será considerado una falta gravísima.

El proyecto también incluye un beneficio tributario que apunta a una rebaja del Impuesto Global Complementario a quienes ya saldaron su CAE, concretando así un guiño por el cual presionaron algunos partidos políticos, tanto de oficialismo como de oposición. Este corresponderá a 4 UF anuales para personas egresadas y 6 UF anuales para desertores y el beneficio será por 20 años para equiparar algunas de las condiciones que se proponen en el nuevo sistema de financiamiento.

Finalmente, la modernización del sistema trae aparejada la creación de una nueva institucionalidad, que se llamará Servicio Ingresa, sometido a la supervigilancia del Mineduc. El servicio administrará el nuevo beneficio y tendrá un director que nombrará el Presidente tras un concurso público.