Por vía remota el Juzgado de Garantía de Villa Alemana realizó este miércoles la audiencia de preparación de juicio oral en el caso contra Manuel García Queirolo.
El sujeto de 67 años es el padre de la “cuidadora” de Ámbar Cornejo y fue pareja de la progenitora de la niña, Denise Llanos. García es acusado por el Ministerio Público por dos delitos, producción de material pornográfico infantil y abuso sexual a mayor de 14 años, ambos en carácter de reiterado en contra de la misma víctima: Ámbar Cornejo.
En la audiencia de este miércoles la fiscal jefe de Villa Alemana, María José Bowen, presentó las pruebas que espera rendir en el juicio. Todas las pruebas fueron acogidas por el tribunal y se desestimó la solicitud de la defensa en relación a la exclusión de pruebas y la modificación de medida cautelar para el imputado.
“Consiste en prueba testimonial, correspondiente a testigos que van a dar cuenta de las circunstancias de vida Ámbar, de las circunstancias en las que ella terminó viviendo con el imputado y también prueba de particularmente de funcionarios policiales que dicen cuenta del hallazgo y la incautación de la evidencia que se encontró. También tenemos prueba pericial, correspondiente a un peritaje que se hizo al imputado y también un peritaje que se hizo al teléfono celular donde se encontraron las imágenes pornográficas que se hicieron referencia en la acusación”, explicó la Fiscal Bowen.
Respecto a los delitos imputados, según se ha expuesto en las audiencias, estos se cometieron entre el año 2016 y julio de 2020. Los hechos quedaron registrados en fotografías encontradas de la joven, algunas de ellas donde se daba cuenta incluso de una interacción con la víctima.
La jueza Daniela Rodríguez rechazó el cambio en la medida cautelar de prisión preventiva del imputado solicitado por su defensa. La magistrada señaló en su resolución que los delitos se cometen cuando la víctima estaba en una situación de desamparo y no fueron de manera aislada sino una conducta prolongada a lo largo del tiempo.
“La libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad teniendo en consideración los bienes jurídicos, es decir que es lo que se afecta por los delitos por los cuales lo estamos acusando, que es abuso sexual y producción de material pornográfico infantil. La pena que estamos pidiendo, que son dos penas de ocho años, es decir 16 años en total y además la necesidad de cautela, en el sentido, que su libertad constituye en este momento un peligro para la seguridad de la sociedad”, señaló la fiscal Bowen.
El Ministerio Público permanece ahora a la espera de que el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Viña del Mar realice la programación del juicio en contra de García.
Su detención se concretó en agosto de 2017, a pocos días de conocerse el homicidio de la niña de 16 años a manos de Hugo Bustamante y Llanos.
La aprehensión de García Queirolo se llevó a cabo en el marco de una investigación distinta a la causa por el femicidio de la menor y que estuvo a cargo de la Brigada de Cibercrimen de la PDI, respecto a almacenamiento y producción de material pornográfico infantil. En noviembre del año pasado, sin embargo, al analizarse el contenido de las fotografías que el sujeto mantenía en su poder, García fue reformalizado por abuso sexual.
El imputado es expareja de Denise Llanos y, a su vez, es el papá de Maritza García, la mujer con quien Ámbar Cornejo vivió durante los últimos cuatro meses. García Queirolo era el dueño de casa de la vivienda en que vivía la menor de edad y estaba siendo investigado, desde enero de 2020, por la Fiscalía de Villa Alemana por presunto abuso sexual en contra de la niña.
El Ministerio Público decidió no perseverar respecto del delito de almacenamiento de material pornográfico por imágenes que fueron encontradas en el teléfono móvil del imputado. “La fotografías no tienen que ver con la joven, sino que son fotografías que dan vueltas por la web, particularmente con la dark web y otros lugares en las cuales se refiere a niños o niñas pequeños que están siendo agredidos por varones adultos, pero que no tienen relación ni con el imputado ni con la víctima en esta causa. Dentro de los análisis pudimos establecer que esas imágenes estaban guardadas en los archivos temporales de internet y por lo tanto como el tipo penal exige que este almacenamiento sea malicioso, es que se decide no perseverar”, expuso la fiscal Bowen.