El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a Nicolás Andrés Neira Durán y Gustavo José Andrés Ferrada Vásquez, otrora oficial y suboficial de Carabineros, respectivamente, a penas de cumplimiento efectivo de 5 años de presidio, en calidad de autores del delito consumado de torturas.
Se trata de un ilícito perpetrado por ambos exuniformados en enero de 2020, en el centro de la comuna.
En un fallo unánime dado a conocer este miércoles, el tribunal –integrado por los jueces Pedro Suárez Nieto, presidiendo, Andrea Acevedo Muñoz y María José García Ramírez como redactora– aplicó, además a ambos condenados las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas.
Según informó el Poder Judicial, el TOP dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 13.00 horas del viernes 31 de enero de 2020, que es jornada, en el interior de la estación Universidad de Chile del Metro “ambos funcionarios de Carabineros de Chile, estando en ejercicio de sus funciones y junto con otros funcionarios, persiguieron e interceptaron a Renzo Paolo Fuentealba Saldivia, procediendo Neira Durán a agredirlo con golpes de pie en su rostro, para luego golpearlo con el bastón de servicio que portaban”.
“Luego de ello, los imputados detienen y esposan a la víctima y la conducen al exterior de la estación de Metro indicada, amenazándolo de continuar la agresión, mientras le apretaban las esposas y le torcían los dedos de las manos. Luego los acusados conducen a la víctima en dirección a la Primera Comisaría de Carabineros Santiago, durante el trayecto, los acusados junto con los otros funcionarios comenzaron a doblarle los brazos a la víctima y Nicolás Andrés Neira Durán, lo asfixió, en forma reiterada y durante varios segundos, para, luego los acusados, estando ocultos tras un retén móvil que se encontraba en las cercanías de la Primera Comisaría de Carabineros de Santiago, tomarlo de los brazos y pies, balanceándolo y azotándolo contra un portón ubicado en calle Enrique Mac Iver antes de llegar a calle Santo Domingo”, señaló el tribunal.
Producto de las agresiones sufridas, la víctima resultó con diversas lesiones, siendo una de ellas de carácter grave, consistente en fractura de huesos nasales con desplazamiento.
En la determinación de la pena a imponer a los condenados, el tribunal indicó que fueron encontrados culpables en calidad de autores de un delito de torturas del artículo 150 A en relación con la letra C del mismo artículo, del Código Penal y que a ambos los favorece una circunstancia atenuante de responsabilidad penal, muy calificada y no los perjudica agravante alguna.
La decisión de condena fue acordada con la prevención de la magistrada Acevedo Muñoz, que estuvo por calificar los hechos acreditados como constitutivos del delito de apremios ilegítimos.