Quince días hábiles le dio la Contraloría a la Municipalidad de Valparaíso, dirigida por el alcalde Jorge Sharp, para que dé inicio a un sumario y establezca las eventuales responsabilidades administrativas de funcionarios que habrían realizado un festejo de un cumpleaños en plena pandemia y sin respetar las medidas sanitarias ordenadas por el Covid-19 en el país en un recinto público, perteneciente al municipio.

“Procede que la Municipalidad de Valparaíso instruya el correspondiente procedimiento disciplinario, a objeto de aclarar los hechos y determinar las eventuales responsabilidades administrativas involucradas, debiendo remitir copia del acto administrativo que lo inicie en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción del presente oficio”, dice la resolución del ente fiscalizador,

Todo tiene su origen en la denuncia presentada hace algunos meses por el abogado Marcelo Pacheco, quien mediante fotografías dio cuenta que la secretaria municipal y excandidata a diputada DC Mariella Valdés Ávila, y otros empleados de esa entidad edilicia “habrían organizado la celebración del cumpleaños de otro servidor municipal en las dependencias municipales ubicadas en calle Salvador Donoso N° 1492, de la comuna de Valparaíso, durante la jornada laboral, sin hacer uso de mascarillas ni respetando el distanciamiento social".

Asimismo, sostiene la acusación, el festejo “incluyó botellas de whisky y vino, lo que quedaría demostrado en las imágenes que acompañan y que esto infringiría las medidas impuestas por la autoridad sanitaria, en el contexto de la cuarentena declarada en la comuna de Valparaíso con motivo de la pandemia generada por el COVID-19, así como el artículo 318 del Código Penal y el principio de probidad administrativa, además de poner en riesgo la salud de esos y otros empleados y la de los vecinos que concurren a las anotadas dependencias”.

La Contraloría, tras realizar diligencias, estableció que el desarrollo de la actividad se hizo en dependencias municipales, lo que “podría implicar el empleo de un bien municipal para un fin ajeno a los institucionales; que no se tuvieron a la vista los antecedentes que permitan constatar si la misma se llevó a cabo dentro o fuera de la jornada laboral de los funcionarios participantes; y que dicha actividad se desarrolló en el contexto de la pandemia generada por el COVID-19, sin que se haya dado cumplimiento a las directrices que la autoridad sanitaria ha impartido en estas circunstancias, lo que pudo poner en riesgo la salud de esos servidores”.

El ente fiscalizador, junto con pedir el sumario respectivo, decidió oficiar también a la Seremi de Salud para que abra un sumario sanitario si así corresponde y también al Ministerio Público, que en la actualidad persigue penalmente a quienes infrinjan las medidas dispuestas por la autoridad para frenar la pandemia.

“En cuanto a que la situación expuesta vulneraría lo dispuesto en el artículo 318 del Código Penal, cabe señalar que dicho precepto establece que el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio o multa, según se indica (...) esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir un pronunciamiento en este último punto, pues se trata de una labor que pertenece al ámbito de las atribuciones que nuestro ordenamiento jurídico ha puesto de cargo del Ministerio Público, por lo que cumple con remitir a ese organismo los antecedentes del caso, para los fines procedentes”, se lee en la resolución.