Luego que la semana pasada fuera declarado admisible en el Tribunal Constitucional (TC) el requerimiento de Chile Vamos contra el proyecto que penaliza el negacionismo en Chile, y la entidad fijara para estos días discusiones públicas sobre esta materia, el gobierno -a través del Presidente Sebastián Piñera y el ministro de Justicia, Hernán Larraín- decidieron hacerse parte de la discusión legal.
La iniciativa legislativa, que busca sancionar en el ámbito penal a quienes nieguen la violaciones a los DD.HH. cometidas durante la dictadura chilena, actualmente se encuentra en su segundo trámite en el Senado. Esto, luego de que el pasado 22 de septiembre fuera aprobada por la Cámara de Diputados, donde la legisladora Camila Flores (RN) hizo reserva de constitucionalidad del proyecto.
En el documento de 90 páginas, que tiene como objetivo “tener formuladas las observaciones las observaciones planteadas”, el Ejecutivo concluye que “el precepto impugnado vulnera el artículo 66 de la Constitución, ya que tipifica un delito que afecta la libertad de expresión (...) por lo que corresponde aplicarle dicho marco normativo, el cual señala que los delitos o abusos que se sometan en el ejercicio de dicha libertad deben ser regulados por una ley de quórum calificado”. Añaden que el cuerpo legal aprobado por la Cámara de Diputados fue admitido con un quórum menor al requerido, “desconociendo además la práctica legislativa en la materia”. Y hoy, por nueve votos contra uno, el TC acogió este argumento.
El escrito del gobierno también indica que “el precepto impugnado vulnera además el artículo 69 de la Constitución, ya que tuvo su origen en una indicación parlamentaria que no tiene relación directa con la idea matriz o fundamental del PDL de Incitación a la Violencia, tal y como lo exige dicho precepto legal”. Agrega que la idea fundamental de esa iniciativa era “sancionar penalmente aquellos discursos que consisten en una apología al odio que constituya una incitación de tal magnitud capaz de desencadenar en actos de violencia que afecte a un grupo de personas o a un miembro de ese grupo; y no tipificar el delito de negacionismo".
Otro punto que cuestionó el Ejecutivo fue que la iniciativa “no define expresa y claramente el núcleo de la conducta típica en la ley” y, finalmente, establece que “el precepto impugnado (...) afecta la garantía de la libertad de emitir opinión e informar, sin censura previa (...) El precepto tiene el efecto de condenar ciertas opiniones, por reprochables que puedan ser, inhibiendo la expresión de quienes se manifiesten en sentido diverso a lo establecido por el legislador; lo cual no es aceptable en una sociedad democrática”.