Para el 30 de mayo había sigo fijada la audiencia donde el el Juzgado de Garantía de Arica discutiría bajo qué jurisdicción se investigaría la muerte del conscripto Franco Vargas y las situaciones que enfrentaron otros soldados que realizaban su servicio militar en la Brigada Motorizada n° 24 “Huamachuco”. Esto, para definir si la competencia recaía en la justicia militar o en tribunales ordinarios, puesto que a la fecha hay investigaciones que corren por carriles paralelos.
Sin embargo, una resolución dictada el sábado 11 de mayo por la ministra en visita Jenny Book -designada de manera extraordinaria por la Corte Suprema para esta causa- aceleró las cosas y la audiencia se desarrollará a partir de las 8.30 horas de este martes 14 de mayo.
Ahí, la magistrada solicitará que el citado tribunal se inhabilite para seguir conociendo de la indagatoria, pues como expresó en su resolución, “resulta evidente que no se configuran los supuestos para que un tribunal civil conozca de los hechos que motivan la presente causa”.
Sin embargo, durante la instancia encontrará la fuerte oposición del abogado que representa a la madre de Franco, Romy Vargas, pues a juicio de ellos, esto debe ser 100% analizado por la justicia ordinaria. Entre otras cosas, porque la justicia militar no les da garantía de que las pesquisas se lleven de manera adecuada.
“Es fundamental que sea la justicia ordinaria la que conozca este caso. Es fundamental porque Chile tiene tratados vigentes y ratificados en materia de violación a los derechos humanos que dan cuenta de que el conocimiento de este tipo de casos debe recaer en tribunales que permitan y garanticen un debido proceso a través de una procesos racionales y justos, con garantías para todos los intervinientes”, comentó el abogado Sebastián Andrade a La Tercera.
Agregó, en el mismo sentido, que en “la justicia militar no existe esta figura de interviniente de la víctima, existe esto de la parte interesada, pero la víctima o querellante como actor que pueda ejercer sus derechos es invisible. Este es un proceso de sumario, antiguo, escrito además de secreto”.
Además, según planteó Andrade, acá no se estaría ante delitos denunciados “estrictamente militares”, sino que se trata -a juicio de ellos- de delitos de apremios ilegítimos, en el caso de Franco con resultado de muerte, y que están tipificados en el Código Penal.
Por lo mismo, si el Juzgado de Garantía de Arica llegase a inhabilitarse, el abogado querellante asegura que recurrirán a la Corte Suprema y al Tribunal Constitucional para que se pronuncie. Y de no lograrlo en esas instancias, insisten en que llegarán a tribunales internacionales.
“Acá Romy Vargas busca verdad, justicia y reparación. Ella necesita saber la verdad, saber quiénes son los responsables y que exista responsabilidad de parte de ellos. Por eso hay desconfianza en la justicia militar. Hay desconfianza porque la institución que cautelaba la vida de su hijo fue la que finalmente, a través de sus integrantes, le terminan dando muerte, entonces cómo el mismo victimario se va a juzgar a sí mismo. Y desde el punto de vista técnico, hay desconfianza en que no exista un debido proceso”, manifestó Andrade.
Rol del INDH y del Ministerio Público
En la mencionada audiencia también estará presente parte del equipo jurídico del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), organismo que durante la semana pasada se querelló en representación de una serie de conscriptos que eran parte de la fatal marcha en Putre y que también sostienen haber sido víctimas de apremios ilegítimos.
Ellos también insistirán en que el caso debe recaer en tribunales ordinarios, pues como indicó hace algunos días David Bahamondes, jefe (s) de la Unidad de Protección de Derechos INDH, “habiendo situaciones constitutivas de apremios, contemplados en el Código Penal, esto es un tema de justicia ordinaria”.
Desde la entidad, además, aseguran que harán un completo monitoreo de este caso, razón por la cual el consejo sesionará en Arica durante la jornada de este lunes, entre las 8.30 de la mañana y las 21 horas.
En la instancia, Bahamondes entregará antecedentes jurídicos y judiciales del caso, y también recibirán a una serie de autoridades de la zona para recabar mayores detalles. Entre ellos, recibirán al delegado presidencial, a la seremi de Salud, al alcalde, al fiscal regional Mario Carrera, entre otros.
Cabe hacer presente, además, que la Fiscalía Regional de Arica también estará presente en la audiencia que se llevará a cabo en el Juzgado de Garantía la mañana del martes, puesto que a raíz de las querellas presentadas ya había iniciado diligencias con un equipo de la Policía de Investigaciones.
De hecho, durante la semana, el fiscal a cargo, Anatole Larrabeiti, se reunió con Romy Vargas para presentarle a su equipo y darle cuenta de acciones que llevarían adelante.
Frente a la determinación que está pendiente, eso sí, fuentes del Ministerio Público advierten que se ceñirán a lo que resuelvan los tribunales.
La postura de la ministra
Más allá de las exposiciones de los querellantes, en su resolución la ministra Jenny Book detalló una serie de argumentos respecto de por qué esta causa es de competencia militar.
En primer punto, porque el artículo 5 n° 3 del Código de Justicia Militar, establece que corresponde a la jurisdicción militar el conocimiento de las causas por delitos comunes cometidos por militares “durante el estado de guerra, estando en campaña, en acto del servicio militar o con ocasión de él, en los cuarteles, campamentos, vivaques, fortalezas, obras militares, almacenes, oficinas, dependencias, fundiciones, maestranzas, fábricas, parques, academias, escuelas, embarcaciones, arsenales, faros y demás recintos militares o policiales o establecimientos o dependencias de las Instituciones Armadas”.
Asimismo, porque el artículo 6 del citado cuerpo normativo también establece que se considerarán militares “los funcionarios pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, constituidos por el personal de planta, personal llamado al servicio y el personal de reserva llamado al servicio activo”, considerando a “los soldados conscriptos; los Oficiales de Reclutamiento; las personas que sigan a las Fuerzas Armadas en estado de guerra; los prisioneros de guerra, que revistan el carácter de militar, los cadetes, grumetes”, entre otros.
Concluye, de esta forma, que “se encuentra establecido, sin controversia alguna que, en los hechos investigados, tanto la víctima o víctimas, como los presuntos autores o partícipes, tienen la calidad de militares, no existiendo intervención alguna de civiles en éstos. Por lo señalado, resulta evidente que no se configuran los supuestos para que un Tribunal Civil conozca de los hechos que motivan la presente causa”.
En aquello coincide el abogado penalista Juan Carlos Manríquez, aunque también advierte que el general Javier Iturriaga, comandante en jefe del Ejército, ya impartió instrucciones que harían variar estas circunstancias, como el llamado a retiro del general de brigada Rubén Castillo y del coronel Sebastián Silva.
Como detalla, esa determinación podría poner en entredicho lo expuesto por la ministra en visita, ya que al haber sido dichos funcionarios dados de baja, ya no son considerados militares, y ahí sí que deberían ser investigados por el Ministerio Público.
Recuerda, en ese sentido, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ya ha condenado a Chile por aplicar la justicia militar a civiles, incluidos exmilitares y excarabineros, como en el Caso Vera Fernández contra el Estado, que actualmente se encuentra en etapa de “solución amistosa”.