La tarde de este lunes, el Juzgado de Garantía de Arica y Parinacota decidió sobreseer a los cuatro defensores penales públicos que se encontraban en calidad de imputados tras retirar las identidades de los testigos protegidos en la investigación en contra del clan de “Los Gallegos”, grupo delictual que operaba en la ciudad de Arica y que tiene nexos con el Tren de Aragua.
La decisión del tribunal se da luego de que los profesionales de la Defensoría Penal Pública fueran imputados luego de retirar un sobre con la identidad de 57 testigos reservados del Ministerio Público. Lo anterior, ocurrió tras la resolución del juez Héctor Barraza, quien falló en que la defensa de aquellos que colaboraron con la investigación en contra de la temida banda de origen venezolana.
El juez que revisó la imputación en contra de los abogados, el magistrado Juan Araya, aseguró que “lo que si tengo claridad y convicción es que los defensores penales públicos imputados en esta investigación no tienen responsabilidad alguna en los hechos investigados”.
Según argumentó el magistrado, aquello se debe porque “la reserva de estos testigos no estuvo protegida antes del 23 de junio, solo cuando se presentó la acusación, o sea, si los defensores acuciosos tuvieron copia de la investigación legítimamente durante toda la investigación, pudieron haberlos sabido perfectamente con anterioridad, porque la reserva se decretó recién el 23 de junio cuando se presentó la acusación, y así lo señaló el fiscal regional al contestar el traslado el día hoy”.
A lo anterior, Araya agregó que respecto a la autorización del juez Barraza que dio pie para el retiro de las identidades protegidas, él “resolvió que era razonable que los defensores pudieran prestar una defensa adecuada sabiendo qué testigos eran los que iban a declarar y qué cosa”. Decisión que después fue impugnada por la Corte de Apelaciones de Arica.
Ante la decisión del Juzgado de Garantía de Arica, el jefe de estudios de Arica y Parinacota de la Defensoría Penal Pública, Cristián Martín, aseguró que el juez “toca varios aspectos y lo más trascendente dice relación con la participación de los cuatro defensores penales públicos en su actuación, que señala se trata de una actuación apegada a resoluciones judiciales, por lo tanto, la misma no es susceptible a ninguna imputación de tipo penal. En atención a aquello, se señala por el tribunal de garantía que los defensores penales públicos han actuado con estricto apego a lo resuelto por parte del tribunal y en circunstancias, no es constitutivo de ningún ilícito ni tampoco de participación en algún delito”.