El Ministerio de Vivienda y Urbanismo llamó a que los propietarios y administradores de edificios realicen el proceso de mantención los ascensores y escaleras mecánicas, dado que durante el periodo de pandemia han disminuido las revisiones de esa infraestructura.

El ministro de Vivienda y Urbanismo, Felipe Ward, dijo que la Ley 20.296 regula la instalación de estos equipamientos y administra un registro de instaladores, mantenedores y certificadores de ascensores. “Lamentablemente, en época de pandemia han disminuido en un 43% las revisiones y mantenciones”, dijo. Así, detalló que en el país hay 45 mil ascensores funcionando y, de ese total, un 60% posee certificación.

La cartera informó que existen tres tipos de certificación: la instalación, la certificación cada dos años para los edificios de vivienda y la mantención, que se debe realizar una vez al mes.

En el ministerio se explicó que son los propietarios o bien los administradores de edificios, el que debe hacerse responsable por contratar los servicios de mantención mensual y de certificación. En caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de la ley, tanto respecto a la mantención como a la certificación, se aplicará multa que va entre 50 y 150 UF (desde $1.448.100 hasta $4.344.300) en contra del propietario (es decir, la comunidad o el privado donde se encuentre la instalación).