En el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, este miércoles se dio inicio al juicio en contra del exfuncionario de Carabineros Sebastián Zamora.

El exuniformado desechó la propuesta del Ministerio Público para optar a un procedimiento abreviado y prefirió llegar hasta este juicio oral con la intención de demostrar su inocencia.

La Fiscalía Metropolitana Centro Norte le imputa el delito de homicidio frustrado y pide para él una pena de 8 años de cárcel. Como querellante en el caso figura además el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), que suma a la acusación contra el exfuncionario policial un delito de apremios ilegítimos. La Defensoría de la Niñez y el diputado Tomás Hirsch también son querellantes.

El caso se remonta al 2 de octubre de 2020. Esa jornada, a eso de las 19.30 horas, en el puente Pío Nono, un joven de 16 años entonces, identificado como A. A. J. A (16) cayó 7,4 metros al río Mapocho, al ser embestido por Zamora en el marco de una “arremetida” de Fuerzas Especiales de Carabineros para despejar la vía pública y detener en forma selectiva a infractores de ley durante manifestaciones en las inmediaciones de Plaza Baquedano.

“Lo agarré y se me resbaló”, manifestó el imputado a sus compañeros tras lo ocurrido, pensando que el adolescente que fue atendido en la Clínica Santa María estaba muerto.

Zamora, que tenía el grado de cabo y 20 años cuando ocurrieron los hechos, fue dado de baja en la institución policial debido a que omitió que tenía una cámara personal el día del procedimiento.

La fiscal Ximena Chong aseguró en sus alegatos de apertura que “el acusado actuó dolosamente”.

“Pudiendo hacerlo, no desiste de su actuar, desencadenando de este modo la caída de la víctima boca abajo al lecho del río. Fueron sólo los socorros oportunos los que evitan la muerte”, sostuvo la persecutora.

“Este juicio se refiere exclusivamente, ni más ni menos, que al alcance que en el marco del Estado de Derecho Democrático en el cual, por fortuna, vivimos, tiene el delito de homicidio. Sobre todo teniendo en cuenta que se trata de un acto, aún en un grado imperfecto de desarrollo, como lo es el de frustrado, cometido por un funcionario público, por un funcionario de Carabineros en el ejercicio de su cargo, carácter este último, que conforme a las normas reseñadas, incrementa lo que en derecho se considera la exigibilidad de la justicia”, planteó Chong al culminar su primera intervención en el juicio.